“De este universo de medios de impugnación 201 corresponden a Recursos de Apelación (RA), 55 Procedimientos Especiales Sancionadores (PES), 39 Juicios Electorales (JE) y 15 Juicios para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano (JDC)”.
A la fecha, agregó, cinco medios de impugnación (denuncias) siguen en instrucción, es decir, continúan en análisis por los magistrados que conforman el TEEO. Cuatro de estos, se refieren a procedimientos especiales sancionadores (PES) y un Recurso de Apelación (RA).
“El TEEO, como máxima autoridad jurisdiccional en Oaxaca, tutela los derechos político electorales de las oaxaqueñas y oaxaqueños, mediante resoluciones apegadas a la legalidad, con visión de género y en beneficio de las personas en situación de vulnerabilidad.
“Reitera, además, que se encuentra preparado para atender los medios de impugnación, que se pudieran presentar, relativos a los resultados y a las declaraciones de validez”, aseguró el tribunal local mediante un comunicado.
Consideró que, en la difusión de la propaganda electoral denunciada, no se configuró el elemento subjetivo, al tratarse de un anuncio genérico, que no contenía elementos que posicionaran el nombre e imagen del denunciado en el proceso interno de selección de la candidatura de Morena.