En sesión ordinaria, este lunes el Congreso local facultó a la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), a fin de que se constituya como órgano garante en los procesos de consulta previa, libre e informada.
Asimismo, con esta nueva atribución al órgano autónomo podrá solicitar la implementación del proceso de consulta a los pueblos indígenas y afromexicanos, en casos en los que la instancia o instancias responsables de emitir una medida administrativa o legislativa, no la inicien de oficio.
Con esta armonización entre las Leyes de la Defensoría y de Consulta Previa, Libre e Informada para los Pueblos y Comunidades indígenas y Afromexicanas de Oaxaca, el Legislativo estatal afirmó que cumple con acuerdos internacionales basados en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.
El caso derivó de un amparo tramitado por indígenas zapotecos de San Sebastián Tutla, Oaxaca y el proyecto de resolución, avalado ese día por la Sala, corrió a cargo del ministro Fernando Franco.
Los quejosos afirmaron que desde 2001, luego de la reforma constitucional que incluyó el reconocimiento a los derechos de los pueblos originarios en México, el Poder Legislativo no emitió la legislación secundaria para reglamentar el derecho a consulta de pueblos indígenas.
Aunque el ministro reconoció que se han emitido otras legislaciones relacionadas con la consulta de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.