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“Regula que después del egreso de prisión del infante, al cumplir tres años, la madre privada de su libertad podrá solicitar información periódica sobre el estado de salud de su hija o hijo, por medio de expedientes clínicos que se compartirán con la persona o institución que se haga cargo del menor”.
La modificación legislativa fue aprobada por el Pleno Parlamentario con 32 votos a favor, y su decreto enviado a las autoridades para las acciones respectivas.