FGEO niega 7 de cada 10 solicitudes de protección a mujeres en Oaxaca, señala informe de Consorcio
La agrupación defensora de los derechos de las mujeres señala que las órdenes de protección en razón de género están catalogadas en la legislación como un mecanismo de carácter urgente, el cual no está sujeto a la existencia de una denuncia legal
Oaxaca de Juárez.- La Fiscalía General de Oaxaca (FGEO) niega siete de cada 10 solicitudes de protección a mujeres víctimas de violencia en razón de género, de acuerdo con un informe de la organización Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad.
La agrupación defensora de los derechos de las mujeres señala que las órdenes de protección en razón de género están catalogadas en la legislación como un mecanismo de carácter urgente, el cual no está sujeto a la existencia de una denuncia legal, ya que constituye una herramienta fundamental de prevención, para garantizar la integridad de las mujeres.
El informe “Violencia Feminicida en Oaxaca” elaborado por la organización Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad, reporta que no existe información completa ni desglosada sobre este mecanismo en la entidad, a pesar de que está explícitamente previsto en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la cual prevé la creación de un banco de datos.
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En el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (Banavim), explica, únicamente se advierte la emisión de 79 órdenes de protección en Oaxaca, sin precisar periodo ni tipo de órdenes emitidas.
Mientras que la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO) informó que otorgó 983 órdenes de protección en 2018, mil 157 en 2019 y 868 de enero a julio de 2020.
“Esta información también presenta deficiencias, como el haber entregado documentos incompletos, en diversos formatos, con criterios diferenciados e información ilegible”.
Uno de los principales problemas, sostiene el informe, es la negación de órdenes de protección por parte de la Fiscalía de Oaxaca, que argumenta que podrían “alertar el agresor” y que “mejor que el juez familiar emita la orden”.
“Se obliga entonces a litigar cuando las mujeres no siempre quieren denunciar y se limita el sentido de emergencia e inmediatez”, denuncia.
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Las medidas otorgadas con mayor frecuencia son también las menos eficaces: los rondines y números telefónicos de la policía.
En los casos que ha acompañado el Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad, cinco de las órdenes de protección consistieron en rondines de la policía y números de teléfono, cuatro consistieron en la prohibición de acercarse y uno en acompañamiento al domicilio.
Los datos proporcionados por la FGEO, añade, confirman la tendencia a otorgar principalmente rondines; el total de las mil 338 órdenes emitidas en 2018, 2019 y de enero a julio de 2020 en Valles Centrales, fueron rondines policiales.
Sin embargo, la organización afirma en su informe que el cumplimiento del rondín es difícil de monitorear, dado que se realizan sin reportar directamente a la víctima.
Esta medida, además, está vigente unos días y después se lleva a cabo únicamente cuando las mujeres llaman a los números de la policía; e incluso cuando las víctimas llaman, las autoridades no acuden sistemáticamente.
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“Relacionado con lo anterior, está el problema de la vigencia de las órdenes de protección que se dictan por un periodo limitado, cuando, conforme al marco legal, deberían estar vigentes durante todo el periodo de riesgo”.
En cuanto a medidas de prohibición de acercarse, que son las medidas idóneas para garantizar la protección, documentamos que suelen cumplirse más a menudo. En tres de cuatro casos acompañados por Consorcio Oaxaca, fueron implementadas.
El informe también sostiene que existe descoordinación entre autoridades responsables; y que no se cuenta con un mecanismo preciso para el seguimiento y el levantamiento de las órdenes, “tal y como queda de manifiesto en el Acuerdo por el cual se determinan las bases para la aplicación del protocolo de la Procuraduría (ahora Fiscalía) en materia de órdenes de protección para mujeres que viven violencia en el Estado de Oaxaca. Este acuerdo, como lo informó la FGEO, es el que rige su actuación en materia de órdenes de protección”.