La audiencia en la que se planteó el cambio de medida cautelar de prisión preventiva a domiciliaria se prolongó por seis días. En las madrugadas, María Elena informaba a través de sus redes sociales que el juez Teódulo Pacheco le impedía hacer uso de la palabra y violaba sus derechos. Al término, ese mismo juez resolvió que el imputado continúe el proceso en su domicilio, a pesar de que las pruebas eran débiles e insuficientes, sostienen Malena y su abogada, Diana Cristal González Obregón.
Entre las irregularidades, por ejemplo, destaca que el amparo que promovió la defensa de Vera Carrizal para que éste continuara su proceso desde su domicilio, fue presentado desde noviembre pasado; no obstante, fue hasta hora y media antes de la audiencia celebrada el 16 de enero que se le proporcionó acceso a los elementos de pruebas de la defensa a la joven y a su equipo.
“Lo que sucedió no tenía que suceder, porque en la audiencia les despedazaron las pruebas”, sostiene esperanzada la joven, quien está convencida que es posible darle revés a la medida cautelar.
María Elena narra que el alegato para lograr la prisión domiciliaria de Vera Carrizal comenzó con el argumento de que el imputado está enfermo. Entre las pruebas, recuerda, se exhibió un documento firmado por la psicóloga del penal de Tanivet, donde el diagnóstico precisa que el presunto autor intelectual “está muy triste”.
En el documento, además, el vigilante del penal certifica que el imputado ha observado buena conducta, pero que necesita “su apoyo familiar y reincorporarse a sus raíces”; sin embargo, el mismo escrito se contradice, pues asegura que el detenido manifiesta conductas y ataques de neurosis. Entre los motivos, también se enlista la necesidad de un reencuentro espiritual.
No obstante, en la audiencia, una criminóloga y médicos, aseveraron que los síntomas que se manifiestan son normales para un hombre de 59 años, edad de Vera Carrizal. Mientras que para probar el síndrome parkinsoniano se necesita del diagnóstico de un especialista internista, mismo que no fue presentado. El médico, además, dijo que esa enfermedad degenerativa no tiene cura, no está relacionada con la reclusión y que las personas de esa edad la presentan.
En tanto, una psicóloga desechó el diagnóstico al considerarlo carente de metodología y calificarlo como una opinión personal.
Dicho miedo, sostiene, se debe a que para que un domicilio “sirva” para la prisión preventiva, éste debe ser propiedad del imputado; sin embargo, en la audiencia, relata Malena, no se presentaron escrituras de la casa a nombre de Vera Carrizal, sino un recibo de luz a nombre de una de sus hijas.
Además, en la identificación oficial del imputado se exhibe como domicilio el de una radiodifusora de su propiedad en Huajuapan, pero el domicilio propuesto se localiza en San Jacinto Amilpas, municipio conurbado a la capital.
La joven relata que su temor ha sido respaldado por diversas autoridades, pues tras una inspección que realizó la Agencia Estatal de Investigaciones se determinó que el domicilio no cumple con las características necesarias para ello, pues las ventanas no están soldadas y hay balcones sin ventanales.