También establece que la nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada y social las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación.
Lo anterior, “con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana, en consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centro de población para preservar y restaurar el equilibrio ecológico”.
Asimismo, agrega que son propiedad de la nación: los vestigios, construcciones, monumentos arquitectónicos, albarradas, cerámicas, estatuillas, utensilios, herramientas, semillas y especies originarias del territorio nacional, osamentas, diseños y tejido de ropa, conocimientos ancestrales, idiomas, escrituras, códices, pinturas, esquelas, murales, manuscritos, planos, mapas, sistemas numéricos, astronómicos, centros ceremoniales, ceremonias, música, danza, cantos, instrumentos musicales, el arte en todas sus manifestaciones de los pueblos originarios que habitaron el territorio nacional.
El Foro Permanente insistió que la aprobación de esta reforma sería un riego enorme para los pueblos indígenas y sus territorios. “Es una iniciativa que profundiza el despojo y la privatización de la propiedad social de ejidos y comunidades”, señaló.