La resolución forma parte del procedimiento que la defensoría debe realizar en estos casos; no obstante, si las acciones solicitadas no son cumplidas por las instituciones a las que están dirigidas, será emitida una recomendación, aclararon fuentes de la DDHPO a EL UNIVERSAL.
“Misma que deberá efectuarse dentro de los siguientes sesenta días contados a partir de notificado el presente documento, remitiendo a esta Defensoría las constancias de su cumplimiento”, señaló la institución en una tarjeta informativa.
En mayo pasado se cumplieron cuatro años de la desaparición de Bruno, sin que su familia obtenga justicia, en un proceso que además estuvo lleno de irregularidades, responsabilidad de diversas instituciones, desde la FGEO hasta el Registro Civil.
Dichas acciones constituyen violaciones a los derechos humanos y están documentadas por la DDHPO en el expedidente DDHPO/052/RI/(21)/OAX/2018.
Por ello, la defensoría pidió a la fiscalía que inicie y concluya un procedimiento administrativo de responsabilidad en contra de J.M.R., agente del Ministerio Público y en su caso se impongan las sanciones que procedan.
También que instruya a quien corresponda para que el agente del MP realice actuaciones que en lo sucesivo se rijan “bajo los principios de Legalidad, Objetividad, Eficiencia, Eficacia, Profesionalismo, Honradez, lealtad y respeto irrestricto a los Derechos Humanos”.
“Como parte de la reparación integral del daño, se realice como medida de no repetición, iniciar procesos de formación a los Agentes del Ministerio Público, así como a elementos de la Agencia Estatal de Investigación en materia de desaparición de personas, a efecto de que conozcan los protocolos a implementar en casos similares que en lo subsecuente se presenten en esa Fiscalía a su digno cargo, con la finalidad de evitar que en lo subsecuente se cometan violaciones como las que fueron estudiadas en esta resolución”.
También pide que se realicen de manera constante procesos de formación en materia desaparición forzada y de derechos humanos y en relación con las funciones que tienen los peritos de esa Institución, tendientes a su profesionalización y actualización técnica y científica, a fin de que sus dictámenes reúnan los estándares requeridos en cada rama del conocimiento científico en la que se desenvuelvan y con ello darle solidez a los peritajes.