Todos los trabajadores que laboran al servicio de un patrón tienen derecho a recibir el
reparto de utilidades. Sin embargo, de acuerdo a la legislación laboral, el esquema no aplica para:> > -Los trabajadores que hayan laborado menos de 60 días durante el año o ejercicio fiscal correspondiente.> -Trabajadores domésticos.> -Directores, administradores y gerentes generales de las empresas.> -Socios o accionistas de las empresas.> -Quienes presten sus servicios mediante el pago de honorarios sin que exista una relación de trabajo subordinada con un patrón.> >
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