De la misma forma, demandan el pago inmediato del 1.8% del subsidio por cuota sindical a todos sus trabajadores desde el año 2017 a la fecha; el pago del año 2021 y la nivelación de los trabajadores de dos categorías: los intendentes y veladores, cuyo pago es inferior al salario mínimo y que en su momento fue de 141.70 pesos y para el 2022 verá ser de cuando menos 172.87 pesos, o de lo contrario se procederá legalmente.
El sindicato también exigió la remuneración económica de los 73 docentes que no están afiliados a su padrón de plazas; pero que se toman en cuenta en la aplicación del presupuesto asignado.
Asimismo, exigió que se aplique la exención contemplada en el artículo 93 fracción octava de la ley de la materia sobre las siguientes percepciones: Subsidio al Fomento Cultural, Subsidio al Fomento Deportivo, Subsidio Interculturalidad, Ayuda de Trasporte, Ayuda para Habitación y Ayuda de Material Didáctico.
Estas violaciones al contrato colectivo del trabajo consisten en que las autoridades no respetaron las propuestas del sindicato referentes a los espacios que sean ocupados por los trabajadores afiliados; al no presentarse la Directora General a las sesiones de la Comisión Mixta para el ingreso al servicio, al no notificar al sindicato en tiempo y forma y al recibir los currículos de los aspirantes sin el conocimiento del sindicato.
Los directivos, de igual manera, incurrieron en violaciones al contrato cuando no tomaron en cuenta a la Comisión Mixta en todo el proceso de selección de nuevos trabajadores, por no cubrir los espacios de los trabajadores que solicitaron un permiso sin goce de sueldo por cualquier periodo o tengan una incapacidad médica.
También sostuvo que se violó el contrato colectivo cuando se contrató personal sin considerar a la Comisión Mixta dictaminadora, al contratar al personal que se requiere por aumento de matrícula y al no respetar el pago de 40 por ciento que corresponde al trabajador correspondiente a la incapacidad sobre el salario base, entre otras.