En sesión ordinaria, los consejeros aprobaron, en primer término, el calendario electoral con las actividades establecidas para la organización de estos comicios.
En otro punto, se determinaron los montos del financiamiento público para gastos de campaña que corresponden a cada partido político, así como los topes máximos de gastos de precampaña y campaña de la elección extraordinaria.
Además, los topes máximos de gastos que podrán erogar las personas aspirantes a candidaturas independientes en la etapa de apoyo ciudadano.
Se determinaron también los límites del financiamiento privado que podrán recibir los partidos políticos respecto de las aportaciones de simpatizantes, precandidatas, precandidatos, candidatas y candidatos, así como el límite individual de las aportaciones de simpatizantes.
Por otra parte, en Consejo General determinó que, tratándose de elecciones extraordinarias, las cuales revisten características específicas derivadas de sus contextos políticos y sociales, así como mayor celeridad en sus etapas para garantizar la pronta gobernabilidad, en dichos municipios no se instalarán consejos municipales.
Por ello, determinó la atracción total de facultades y atribuciones de los Consejos Municipales Electorales de San Dionisio del Mar, San Juan Ihualtepec y San Francisco Ixhuatán.