Niega titular y personal del Registro Civil acta de nacimiento a niña huérfana

La DDHPO emitió una recomendación para que a la brevedad, la niña pueda ser registrada sin ningún tipo de condicionamiento, ponderando el interés superior de la niñez

Foto: Especial
Estatal 14/08/2017 21:03 Christian Jiménez Oaxaca de Juárez, Oaxaca Actualizada 21:03

La directora del Registro Civil en Oaxaca y personal de la dependencia negaron el registro a una pequeña que quedó huérfana de madre después del parto, porque su padre no contaba con una prueba de ADN para probar la paternidad y porque no desistió de la queja presentada ante la Defensoría para los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO).

Las violaciones a los derechos fundamentales de Mía Gyliana García Castillejos iniciaron en la oficina de Registro Civil de Santa María Huatulco, desde 2015, después de su nacimiento, cuando se le negó el derecho de registro, luego de que su madre, Liliana Castillejos Toledo, falleciera; el oficial a cargo manifestó al padre de la menor que la documentación presentada era insuficiente para acreditar el parentesco.

El afectado, Gilberto García Avendaño, relató ante la DDHPO que tras el nacimiento de su hija acudió a las oficinas del Registro Civil de la población mencionada con el acta de nacimiento y defunción de su concubina, el certificado de nacimiento de su hija expedida por los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO) y la información testimonial que constataba la relación de concubinato, expedida por el Juzgado Mixto de Primera Instancia de Santa Cruz Huatulco; sin embargo, la documentación fue insuficiente para acreditar la paternidad, y obtener el acta de nacimiento de la niña; acto seguido le solicitaron una prueba de ADN.

Posteriormente, se presentó ante el Juzgado Mixto de Primera Instancia de Santa María Huatulco para iniciar el proceso de reconocimiento de paternidad, sin embargo éste le fue negado.

García Avendaño explicó que el juez en turno señaló que dicho trámite es un proceso largo y se lleva a cabo únicamente cuando los padres desisten de reconocer a sus hijos.

El pasado 16 de mayo, la Defensoría hizo una solicitud formal a la directora del Registro Civil en el estado, Martha Alicia Escamilla, para presentar un informe y adoptar una medida cautelar en apego a la legislación y tratados vigentes que protegen y garantizan la identidad de los niños y niñas como un derecho de nacimiento.

Según el expediente generado por el organismo defensor, el 17 de ese mismo mes, el padre de familia sostuvo un encuentro con la titular de la dependencia, quien lo convenció de desistir de la queja interpuesta ante el organismo y a cambio ofreció el registro de la menor, que se llevaría a cabo el día 25.

Ese mismo día, el quejoso acudió a la Defensoría para solicitar la cancelación del expediente.

Al día siguiente, volvió a presentarse ante la directora del Registro Civil, a quien "no le gustó la redacción... no le gustó que dijera que había llegado a un acuerdo con ella, pues ella no recibía órdenes de la Defensoría, sólo recibía órdenes del Gobernador del Estado, tampoco le gustó que decía que solicitaba la 'conclusión y archivo' y me dijo que tenía que decir 'desistimiento'", cita la declaración asentada en el expediente.

Por lo anterior, Gilberto García Avendaño continuó con el proceso correspondiente y como resultado, la DHHPO emitió las siguientes recomendaciones al Registro Civil: el cese de las violaciones de los derechos humanos de la menor y la inmediata orden a la Oficialía de Santa María Huatulco para registrarla con ambos nombres de sus padres; reparación del daño causado al peticionario tomando en cuenta los gastos de traslado de su comunidad de origen y su estancia en la ciudad.

También, instruir al jefe de oficialías y oficiales de la dependencia a, en casos similares, tomen en cuenta el certificado de nacimiento emitido por las instituciones de salud; implementar procesos de formación a servidores públicos de la dependencia sobre el interés superior de la niñez.

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