Por uso indebido de recursos en caso Maria del Sol, incrementa TEPJF multa a Hageo Montero

Consideró que se trata de una conducta grave especial y no solo de una conducta grave ordinaria.

Foto: Especial
Estatal 16/03/2019 17:32 Redacción Oaxaca de Juárez, Oaxaca Actualizada 17:40

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó modificar la sentencia impugnada para incrementar la sanción impuesta a Hageo Montero López, quien fuera candidato a edil de Juchitán en las pasadas elecciones, debido a que existió beneficio económico para el infractor y, toda vez que la conducta consistió en la indebida aplicación de los recursos públicos. 

Además, consideró que se trata de una conducta grave especial y no solo de una conducta grave ordinaria.

La decisión se dictaminó en la sesión de la Sala Regional del máximo órgano electoral, en la que se elevó la multa establecida en febrero pasado por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) al pasar de poco más de 45 mil pesos a más de 90 mil pesos, a quien se desempeña, a pesar de los cargos en su contra, como regidor de Energía Renovable del ayuntamiento de Juchitán de Zaragoza.

La periodista Soledad Jarquín Edgar, madre de María del Sol Cruz Jarquín —fotógrafa asesinada en Juchitán de Zaragoza el 2 de junio de 2018, cuando acompañaba a la candidata a segunda concejal, Pamela Terán y a su chofer, Adelfo Guerra, quienes también fallecieron tras el ataque armado sucedido en el centro de esa ciudad del Istmo de Tehuantepec—, presentó una inconformidad luego del resultado emitido por el TEEO en la que impuso una multa de 45 mil 345 pesos 80 centavos a Hageo Montero López, el 21 de febrero pasado.

El incremento fue aprobado por unanimidad de votos los magistrados Enrique Figueroa Ávila, Adín Antonio León Gálvez (magistrado ponente) y César Garay Garduño, quienes modificaron la sentencia impuesta por el TEEO, imponiendo una multa a Hageo Montero López, consistente en 90 mil 691 pesos con 61 centavos, que deberán cubrirse en los próximos 180 días. 

Además  consideraron que la gravedad de la conducta acreditada es fundada.

“El hecho en el se utilizaran recursos públicos, sobre todo porque el inculpado recibió un beneficio económico en especie, al tratarse de brindar un servicio profesional a favor de la campaña de un candidato, por parte de un funcionario público; que dichos servicios derivaron del parentesco por la relación fraterna entre el denunciado y el Secretario de Asuntos Indígenas del Gobierno del Estado de Oaxaca, constituyen aspectos que, a juicio de esta Sala Regional, agravan la conducta denunciada”, expusieron al calificar el hecho como de gravedad especial.

 “Se trasgredieron no sólo los principios de equidad en la contienda e imparcialidad, sino que el origen del beneficio del denunciado faltó a la finalidad de lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 134, respecto a la debida aplicación de los recursos públicos”, reiteraron.

En octubre pasado el TEEO había resuelto imponer una multa de poco más de 20 mil pesos al candidato en sentencia emitida al Procedimiento Especial Sancionador interpuesto (PES/32/2018). Misma que fue impugnada, la Sala Xalapa resolvió en enero pasado se considerara el daño patrimonial de 20 mil pesos 195.80 pesos, lo que equivale a 45 mil 345.80 pesos que así estableció el TEEO.

En tanto, Jarquín Edgar manifestó que con la reclasificación de la sanción de ordinaria grave a grave especial, espera que la titular de la Fiscalía Especializada en Asuntos Electorales de Oaxaca, Araceli Pinelo López, proceda a vincular la denuncia por delito electoral presentada desde junio pasado, y que el Congreso local actúe en consecuencia para llevar a cabo la revocación del cargo a  Montero López.

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