IEEPCO aprueba registro supletorio en candidaturas trans

El TEPJF no sólo revocó el acuerdo del IEEPCO, también mantuvo el registro Santos Cruz Martínez y Yair Hernández Quiroz como candidatas a primer concejal en los ayuntamientos de Cuilapam de Guerrero y Chalcatongo de Hidalgo

Foto: Archivo / EL UNIVERSAL
Estatal 27/06/2018 10:59 Juan Carlos Zavala Oaxaca de Juárez, Oaxaca Actualizada 10:59

El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) aprobó otorgar el registro supletorio de candidatos en las planillas de concejales donde hubo simulación de candidaturas trans por diferentes partidos políticos para violar la paridad de género.

Lo anterior, para acatar la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJF) marcada con el número de expediente SUPJDC-304/2018 que recova el acuerdo del órgano electoral local y en el que cancelaba de manera definitiva 17 candidaturas a presidentes municipales e imponía multas a los partidos políticos postulantes.

El TEPJF no sólo revocó el acuerdo del IEEPCO, también mantuvo el registro de Santos Cruz Martínez y Yair Hernández Quiroz como candidatas a primer concejal en los ayuntamientos de Cuilapam de Guerrero y Chalcatongo de Hidalgo, señalados por el instituto de haber simulado o engañado con ser transexuales para poder contender.

El acuerdo IEEPCO-CG-32/2018 emitido por el Consejo General del Instituto Local, a través del que registró, de manera supletoria, entre otros, las 17 personas que se ostentaron como transgénero para ocupar espacios destinados a mujeres a la primera concejalía de los distintos ayuntamientos de Oaxaca, y que dos de ellos cumplieron con los extremos para la confirmación de esos registros procede:

Confirmar el registro de Santos Cruz Martínez como candidata a primer concejal del ayuntamiento de Cuilapam de Guerrero, Oaxaca, postulada por la coalición integrada por los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, y Nueva Alianza; confirmar el registro Yair Hernández Quiroz como candidata a primer concejal del ayuntamiento de Chalcaltongo de Hidalgo, Oaxaca, postulada por el partido político Nueva Alianza.

Por lo que hace a los ciudadanos Luis Armando Martínez Morales, Lennin Morales Palma, Pedro Osiris Agustín Cruz, Pedro Agustín Pedro, Roberto Ferrer Espinoza, Carlos Gómez Gregorio, Alejandro Javier García Jiménez, Rodrigo Abdías Córdova Sánchez, Carlos Ceballos Rueda, Carlos Arturo Betanzos Villalobos, Alfredo Vicente Queda Serrano, Alejandro Guzmán Liborio, Carlos Quevedo Fabián, Emmanuel Martínez Palacios, y Salvador García Guzmán, cuyos registros a las candidaturas a las primeras concejalías de los distintos ayuntamientos de Oaxaca resultaron viciados por haberse sustentado en documentales inválidas y tomando en consideración el principio de autodeterminación de los partidos políticos, fueron aceptados registros supletorios.

En aquellos casos en los que se haya presentado la renuncia a la candidatura de las personas mencionadas, solicite al partido político o coalición la sustitución de la candidatura atinente que atienda al principio de paridad de género y acordará la sustitución correspondiente dentro del plazo de 48 horas, en el entendido que, de no hacerlo, la autoridad administrativa realizará los corrimientos que estime pertinentes;

En los supuestos en que las personas antes referidas no hayan presentado la renuncia a la candidatura, deberán quedar registradas en la segunda posición de la lista, con sus respectivos suplentes, a efecto de que la primera posición la ocupe la primera mujer de la lista de candidatos.

Es decir, respecto a esto último, por resolución del TEPJF los candidatos que mintieron ser trans se les permitió continuar en la contienda, pero ahora en la segunda fórmula de la planilla; hubo entonces, sólo un corrimiento.

Durante el plazo otorgado, únicamente se recibió contestación de los partidos políticos: Nueva Alianza, Verde Ecologista de México y Revolucionario Institucional, en el cual solicitan ajustar su planilla municipal postulada en Santa María Teopoxco; y corrimientos en las planillas de la coalición “Por Oaxaca al Frente” y Movimiento Ciudadano.

Toda vez que la coalición “Por Oaxaca al Frente” no realizó ninguna sustitución de las candidaturas analizadas en plenitud de jurisdicción por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, este Instituto debe proceder a realizar los corrimientos que sean pertinentes en cuatro planillas municipales, en Cosolapa, San Antonino Castillo Velasco, Santiago Laollaga y San Juan Cacahuatepec.

De igual forma, las personas objeto del litigio no fueron restringidas de su derecho a ocupar un cargo público, puesto que sentencia que se cumple canceló únicamente su derecho a ocupar la primera concejalía, pues en ese lugar deben ser colocadas mujeres.

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