Asimismo, con esas modificaciones se castigará también la difusión, por cualquier medio, de estas agresiones contra menores de edad en la entidad.
Con la adición de los artículos 199 y 200 del Código Penal del estado, el Legislativo local mencionó que a partir de este trabajo se suma a los esfuerzos para garantizar la efectiva protección a los derechos humanos de la niñez.
Además, la pena aumentará en una mitad del mínimo a una mitad del máximo del castigo, es decir hasta 12 años, cuando por cualquier medio el agresor divulgue, comparta, distribuya, publique audios o videos, en los que se cometa la conducta antes descrita.
En su caso, la autoridad ordenará a la empresa de servicios digitales o informáticos, servidor de internet, red social, administrador o titular de la plataforma digital, medio de comunicación o cualquier otro donde sea publicada dicha acción, el retiro del contenido.
El trabajo legislativo desde el Congreso de Oaxaca se suma a la propuesta aprobada en el Congreso de la Unión en diciembre pasado, por la que a través de una serie de reformas a la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes se prohibe el castigo corporal y humillante como método correctivo a menores.
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