Por ejemplo, precisó que en el nuevo Código se establece la celebración de audiencias orales y también a través de mecanismos digitales que implican fuertes inversiones en infraestructura y tecnología.
“Debe existir buena calidad de internet, de última generación para soportar el procedimiento en línea y la recepción de documentos; cada juzgado deberá tener un espacio destinado para celebrar audiencias orales y en línea; se debe capacitar al personal de juzgados y de salas de cara a la responsabilidad de recibir y manejar documentos digitalizados; y contar con un área permanente de tecnología, de conformidad con el artículo 964”, detalló.
“El Código se va a convertir en el Código supletorio que va a regir todos los procedimientos Civiles y Familiares en toda la República.
Este Código recoge las inquietudes, el humor social; pero también responde a la realidad que estamos enfrentando como país.
"Contrario a lo que algunos aseguran, estamos con el tiempo contado, porque estamos a tres años de la aplicación forzosa de este Código. Aunque su observancia y aplicación puede ser antes dependiendo de la declaratoria que realice el Congreso del Estado a petición del Poder Judicial de Oaxaca”.
En el estado, mencionó, se pueden presentar tres escenarios: asuntos que se iniciaron con anterioridad y se continuarán con el Código Procesal Estatal, asuntos que se iniciaron con posterioridad y se tramitarán conforme al nuevo Código Nacional, y los que se iniciaron antes de la publicación, pero las partes llegaron al acuerdo de someterse a las disposiciones de este Código Nacional.
Además de la necesidad de recursos públicos para su implementación, el magistrado recordó la diversidad cultural y lingüística de Oaxaca que “conlleva ir a otro ritmo para incorporarnos todos en conjunto. Y garantizar el acceso a la justicia de todos*.
Díaz Carranza, mientras tanto, urgió la necesidad de iniciar procesos de capacitación tanto del personal del Poder Judicial de Oaxaca, desde los jueces a los magistrados, así como a los abogados litigantes y defensores públicos quienes ya no podrán “peticiones de escritorio”, sino que ahora tendrán que presentar sus alegatos de inicio y de cierre como parte de su teoría del caso, para que puedan garantizarle una defensa de calidad a sus clientes.
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