Avala IEEPCO elecciones de San Mateo del Mar

En dicha localidad determinaron que asambleas de elección para renovar a sus autoridades cumplieron con las normas comunitarias

Foto: IEEPCO
Municipios 03/11/2019 16:40 Roselia Chaca Juchitán de Zaragoza, Oaxaca Actualizada 16:40

Después de 21 días de que se realizaron las elecciones para renovar autoridades en San Mateo del Mar por los  Sistemas Normativos Indígenas,  el  Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) lo calificó como jurídicamente válidas.

Después de sesionar de manera  extraordinaria el consejo determinó que,  además de San Mateo, otros 19 municipios que  realizaron asambleas de elección para renovar a sus autoridades, cumplieron con las normas comunitarias, garantizaron derechos fundamentales, el principio de universalidad del sufragio, así como con la participación de mujeres y su acceso a cargos de elección popular.

Las elecciones en San Mateo del Mar se realizaron el 13 de octubre, en las que Bernardino Ponce Hinojosa resultó electo con mil 592 votos. Sin embargo, suspendieron las elecciones en tres secciones y la cabecera municipal, donde quemaron las boletas; se logró instalar la sesión de computo según informó el IEEPCO en su momento.

El actual presidente municipal está confrontado con una porción de la población, sobre todo de la cabecera municipal, por lo que no despacha desde hace un año en el Palacio Municipal sino en la agencia Huazantlan del Río.

El IEEPCO, además de San Mateo del Mar, avaló elecciones de los  municipios en:  San Agustín Loxicha, San Bartolomé Loxicha, Magdalena Yodocono de Porfirio Díaz, Candelaria Loxicha, Mesones Hidalgo, San Esteban Atatlahuca, San Juan Lalana, San Ildefonso Amatlán y San Juan Tamazola.

Así tambén San Pedro Ixtlahuaca, Santa Lucia Ocotlán, San Miguel Piedras, Santa María Lachixio, Santo Tomas Ocotepec, Santiago Apóstol, Santa María Yucuhiti, Santa María Chilchotla, Santiago Jocotepec.

En los acuerdos, se vinculó a las autoridades electas, a la asamblea general y a la comunidad para que fortalezcan la participación de las mujeres en sus próximas asambleas y apliquen el principio de progresividad.

Respecto al municipio de Santa Catarina Lachatao, el Consejo General determinó como "no válida" su elección al no haber garantizado la participación de todas las agencias en su asamblea electiva

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