Tribunal federal ratifica violencia política de género, pero valida elección en Coicoyán de las Flores

Sala Regional determina que en la elección celebrada el 22 de diciembre de 2019, si bien existió violencia política en razón de género, ésta no afectó la validez del proceso

Tribunal federal ratifica violencia política de género, pero valida elección en Coicoyán de las Flores
Foto: Tomada de Facebook
Municipios 26/09/2020 12:42 Fernando Miranda Actualizada 12:42

Oaxaca de Juárez.- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que en la elección celebrada el 22 de diciembre de 2019 en Coicoyán de las Flores, municipio de la región Mixteca, si bien existió violencia política en razón de género, ésta no afectó la validez del proceso.

Lo anterior, lo determinó en una sesión pública no presencial celebrada el día de ayer, y con su fallo se modificó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) sobre la elección en este municipio que se rige por Sistema Normativo Indígena.

La elección en este municipio llegó a los tribunales luego de que una habitante denunció que las autoridades municipales y electorales violaron los principios de paridad de género y prohibieron a una mujer participar en los comicios para elegir edil.

Fue Isabel Sierra Flores quien interpuso la denuncia ante el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), respaldada en un escrito en el que el Cabildo le informó que era rechazada su solicitud para encabezar una planilla electoral, pues de acuerdo a sus Usos y Costumbres sólo pueden participar varones, por lo que acusó que se violó el principio de paridad de género.

Pese a ello, este viernes los magistrados federales consideraron que, “en esencia”, la violencia política de género “no trascendió a la validez de la elección, ya que las mujeres de dicho municipio tuvieron en la asamblea electiva el espacio para participar tanto en la confección de las planillas como al momento de votar por las mismas”.

Ante ello, determinaron “privilegiar la conservación de la validez de la referida elección”, pero instruyeron que en los futuros procesos electorales se debe incentivar la participación política de las mujeres.

En la sesión de este 25 de septiembre, el tribunal resolvió el juicio ciudadano federal, en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Superior en el diverso recurso de reconsideración SUP-REC-102/2020.

Ello, “en cumplimiento al Acuerdo General 6/2020 de la Sala Superior del TEPJF en el que se precisan criterios adicionales al diverso Acuerdo General 4/2020 a fin de discutir y resolver de forma no presencial asuntos de la competencia del TEPJF, ante la emergencia sanitaria provocada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19)”, informó en un comunicado.

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