Oaxaca de Juárez.– Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) quitaron a Timoteo Valencia Vásquez, presidente municipal de Santa Catalina Quierí, su presunción de tener un modo honesto de vivir por incurrir de manera reiterada en violencia política en razón de género.

Estos actos de violencia, de acuerdo a la sentencia del TEEO, se ejercieron en contra de la regidora suplente de Equidad de Género, Anaberta Caballero Herreta.

Los magistrados resolvieron en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de Sistemas Normativos Internos, identificado con la clave JDCI/53/2021, que, con esta medida, Timoteo Valencia no podrá contender, al menos en el próximo proceso electoral, por un cargo de elección popular.

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Además, determinaron que el edil de Santa Catalina Quierí realizó acciones por segunda ocasión, en contra de Caballero Herreta, que vulneraron su derecho político electoral de ser votada, en la vertiente del ejercicio del cargo.

En esta última ocasión, detallaron, el presidente Timoteo Valencia no probó que sean falsas las denuncias hechas por la regidora, respecto a que la ha coaccionado para efecto de que firme su renuncia al cargo.

El edil también la ha obligado a firmar documentos de los cuales desconoce su contenido por no saber ni leer ni escribir, y que ha dejado de pagarle las dietas a que tiene derecho.

“Este Órgano Jurisdiccional tiene la certeza de que, el reiterado actuar del presidente municipal, atiene a una especie de represalia en contra de la actora, al haber ejercido previamente su derecho de defensa en contra de los actos de violencia desplegados por el concejal en cita”.

Anteriormente, mediante Juicio de la Ciudadanía número JDCI/61/2020, los magistrados del TEEO probaron la responsabilidad de Timoteo Valencia Vásquez, por ejercer violencia política de género en contra de la misma regidora.

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Esto último, porque ella hizo uso de su derecho a la salud reproductiva al decidir ser madre soltera, lo cual fue utilizado por el edil en cita, para afectar los derechos político electorales de la regidora al intentar destituirla del cargo y dejar de pagarle las dietas a que tenía derecho.

“En consecuencia, esta sentencia ordena dar continuidad a las medidas cautelares dictadas en favor de la actora y la implementación de diversas medidas de reparación integral”, resolvieron los magistrados del TEEO.

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