“Aprende en casa II y acuerdo de la SEP para regreso a clases viola Ley General de Educación”

Para Samael Hernández Ruiz, ex investigador de la UABJO la SEP primero debió reformar los planes de estudio y ajustarlos a los mínimos necesarios

“Aprende en casa II y acuerdo de la SEP para regreso a clases viola Ley General de Educación”
Foto: Roselia Chaca
Nación 23/08/2020 11:42 Juan Carlos Zavala Oaxaca Actualizada 11:42

Oaxaca de Juárez.- El acuerdo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) para el inicio del ciclo escolar 2020-2021 y el programa “Aprende en casa II” entra en contradicción con lo que establece la Ley General de Educación en diversos artículos y excluye a una gran cantidad de la población estudiantil en el país, asegura Samael Hernández Ruiz, ex investigador de la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (UABJO) y del Instituto Tecnológico de Oaxaca (ITO).

Para el especialista en Educación, el primer costo formal o legal es que entra en contradicciones o violenta la ley y al artículo tercero constitucional; sin embargo, reconoce que el problema es que la Constitución ni la ley general prevén una situación como la que se vive actualmente con la pandemia del Covid-19.

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“Pero la forma en cómo se resolvió (el inicio del ciclo escolar) provoca esta tensión en el marco jurídico”, insiste. En particular con los artículos de la Ley General de Educación que refieren sobre la certificación de los estudios, de la inclusión y equidad en el sistema educativo, y en el uso de las tecnologías de la información.

Desde el punto de vista de Samael Hernández, la SEP primero debió reformar los planes de estudio y ajustarlos a los mínimos necesarios.

Una vez que esos programas estén ajustados a la situación de la pandemia, entonces se publica el calendario escolar con los ajustes necesarios para ejercer esos programas especiales en el sentido de que son los mínimos que se pueden poner en práctica en estas condiciones.

“Es decir, aclarar que están reduciendo al mínimo para que se puedan aplicar en estas condiciones, en este periodo, incluso marcar que el periodo que no será presencial; en lugar de publicar un calendario escolar normal, como si continuaran las clases de forma presencial”.

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Según el especialista, esta propuesta eliminaría las contradicciones en el marco legal porque facilita el proceso de certificación de los grados escolares. Explica que, en las actuales condiciones, será difícil que un estudiante cumpla con la totalidad de los contenidos educativos establecidos en el calendario escolar y que, según la ley, para acreditar un grado escolar se debe cumplir con al menos el 95% de la enseñanza de los contenidos.

Pero ningún académico o profesor, dice, aceptaría que lo aprendido bajo las condiciones del programa “Aprende en casa II” es lo que exige el ejercicio de un calendario escolar. Por eso primero hay que ajustar los programas.

“Porque entonces la falta de desarrollo de los programas no se va a reflejar en la certificación, eso técnicamente sería un grado fraudulento. Le estoy dando un certificado de secundaria a un muchacho que no tiene el nivel de aprendizaje requerido y van a ser muchos. Es el riesgo que se corre de facto, de instrumentar un calendario tal y como lo está planteando la SEP”.

Samael Hernández opina que la decisión del SEP, aunque problemática porque genera contradicciones con la Ley General de Educación, fue para cubrir la formalidad y con lo que establece el artículo tercero constitucional que señala el derecho a la educación.

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