Pide IEEPCO cuidar imágenes de menores de edad en propaganda electoral, sin alentar estereotipos

Las normas aprobadas establecen que se deberán de alentar la creación y utilización de imágenes no estereotipadas, equilibradas y diferenciadas de las niñas, niños y adolescentes

Pide IEEPCO cuidar imágenes de menores de edad en propaganda electoral, sin alentar estereotipos
Foto: Especial
Estatal 13/10/2020 19:59 Juan Carlos Zavala Actualizada 20:07

Oaxaca de Juárez.— El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) aprobó los Lineamientos para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia de propaganda y mensajes político-electorales.

En las normas aprobadas se establece que los partidos políticos, candidatos y el mismo órgano electoral, entre otros sujetos obligados, deberán alentar la creación y utilización de imágenes no estereotipadas, equilibradas y diferenciadas de las niñas, niños y adolescentes, “presentándolos como seres humanos creativos, agentes principales, contribuyentes y beneficiarios del proceso de desarrollo”.

Además, recomienda tomar en cuenta los aspectos relacionados con el género y los derechos humanos en todas las cuestiones de interés para la difusión de materiales audiovisuales.

Los lineamientos establecen que la propaganda política o electoral en la que aparezcan de manera directa o incidental niñas, niños o adolescentes, que generen los sujetos obligados, deberá evitar cualquier conducta que induzca o incite a la violencia, al conflicto y al odio.

Así como a las adicciones, a la vulneración física o mental, a la discriminación, a la humillación, a la intolerancia, al acoso escolar o bullying, al uso de la sexualidad como una herramienta de persuasión para atraer el interés del receptor, o cualquier otra forma de afectación a la imagen, intimidad, la honra y la reputación de las personas menores de edad o que los coloquen en situación de riesgo.

Tampoco podrán utilizar la imagen de una niña, niño o adolescente que haya sido víctima, ofendido, testigo o esté relacionado de cualquier manera con la comisión de algún delito, en términos de lo previsto en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca.

Entre los requisitos para la participación de niñas, niños y adolescentes en la propaganda política, los sujetos obligados deberán presentar el consentimiento de la madre y del padre, de quien ejerza la patria potestad o de los tutores.

De la misma forma deberán entregar una explicación sobre el alcance de la participación y opinión informada de la niña, del niño o adolescente; y un formato de autorización expresa de las niñas, niños y adolescentes mayores de 6 años.

Comentarios