Entregan sin evidencia Denominación de Origen Mezcal a 4 municipios de Sinaloa: Consejo Regulador
El Consejo Mexicano Regulador de la Calidad del Mezcal solicitó al IMPI reconsiderar la ampliación de origen Mezcal a cuatro municipios del estado de Sinaloa
El Consejo Mexicano Regulador de la Calidad del Mezcal (Comercam) solicitó al Instituto Mexicano de Propiedad Industrial (IMPI) reconsiderar “con base en la evidencia sólida que en la misma resolución se establece”, la ampliación de origen Mezcal a cuatro municipios del estado de Sinaloa.
De lo contrario, advirtió, podría afectar gravemente a la propia Denominación de Origen Mezcal (DOM) al verse comprometido el nombre de la bebida, la credibilidad de la denominación de origen y el sentido de originalidad que caracteriza a las denominaciones de origen.
Según el Comercam, la DOM a cuatro municipios de Sinaloa se otorgó sin evidencia que sustente lo establecido en el artículo 264 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, la cual señala que “se entiende por denominación de origen, el producto vinculado a una zona geográfica de la cual éste es originario, siempre y cuando su calidad, características o reputación se deban exclusiva o esencialmente al origen geográfico de las materias primas, los procesos de producción, así como los factores naturales y culturales que inciden en el mismo”.
El pasado martes 12 de octubre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la resolución del IMPI que establece la inclusión de cuatro municipios del estado de Sinaloa, dentro del ámbito geográfico de protección a la denominación de origen Mezcal.
Mediante un comunicado, el Comercam recordó que el IMPI es el único organismo facultado para emitir las declaraciones de protección a denominaciones de origen para el reconocimiento de la conservación de los derechos de la propiedad industrial en el país. Es decir, el IMPI es la institución “dueña” de las denominaciones de origen, entre ellas, la del mezcal y es esta institución quien otorga el derecho a usar la DOM o no a los interesados, sean personas físicas o morales.
Sin embargo, apuntó que dentro del sector y en general en los más de dos mil 600 asociados inscritos al Comercam, existe inconformidad por la reciente ampliación de la DOM, así como cierta desinformación al creer que el Consejo es quien otorga o influye en el ámbito de reconocimiento de la DOM en México.
“Nuestra única facultad es certificar el cumplimiento de la norma NOM-070-SCFI-2016 para el producto mezcal que se produce dentro del territorio protegido por la DOM, es decir, una vez que se ha establecido el territorio que comprende la DOM.
“Si bien es cierto que no compete al Comercam decidir a quien se le otorga la DOM, también es cierto que somos el organismo que tiene el mayor número de agremiados dentro del sector maguey-mezcal, y es nuestra responsabilidad velar por todos ellos y por la DOM, por lo que creemos que la reciente ampliación de la DOM debería ser reconsiderada”, señaló.
Finalmente, dio a conocer que este organismo pondrá a disposición de magueyeros, mezcaleros, envasadores y comercializadores, la información a la que tenga acceso en la medida de sus posibilidades para sustentar los argumentos que sean presentados ante el IMPI, para inconformarse contra la ampliación del DOM.