Por acción en perjuicio de las mujeres, anulan elecciones en San Miguel Tulancingo, Oaxaca

En la sentencia, los magistrados ordenaron al IEEPCO a realizar una nueva elección extraordinaria en el que se salvaguarde el derecho de las mujeres a votar

Por acción en perjuicio de las mujeres, anulan elecciones en San Miguel Tulancingo, Oaxaca
Foto: Especial
Municipios 16/01/2022 15:22 Juan Carlos Zavala Oaxaca Actualizada 15:22

Oaxaca de Juárez.- Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) anularon las elecciones en el ayuntamiento de San Miguel Tulancingo por vulnerar el principio de progresividad en perjuicio de las mujeres de ese municipio.

En la sentencia, los magistrados ordenaron al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) a realizar una nueva elección extraordinaria en el que se salvaguarde el derecho de las mujeres a votar y ser votadas.

“Para tal efecto, este Tribunal vinculó al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) para que, en el ámbito de sus atribuciones, coadyuve en la construcción de acuerdos, así como, en la organización, desarrollo y vigilancia de esta elección”, se señala en la resolución.

De acuerdo con la determinación de los magistrados, se advirtió que en la asamblea electiva realizada el 11 de abril de 2021, se documentó una menor participación de mujeres, respecto a la elección inmediata anterior, celebrada en 2019.

Lo anterior, luego de que se impugnarán las elecciones en San Miguel Tulancingo a través del Juicio Electoral de los Sistemas Normativos Internos, identificado con la clave JNI/20/2021.

Hace dos años, explicaron los magistrados en la sentencia, hubo una participación de 43 mujeres, sin embargo, en la asamblea de 2021 únicamente participaron 18, sin que se encuentre justificado el porqué de tal circunstancia.

Además, mencionaron que en la citada elección existió una regresión tanto al derecho al voto activo como al pasivo en perjuicio de las mujeres, porque en la elección de 2018, dos mujeres resultaron electas, y en las posteriores sólo una, sin que ello se encuentre justificado.

En la asamblea de abril de 2021, resultó electa únicamente una mujer para la misma regiduría primera, que siempre ha sido ocupada por una mujer.

“En este contexto, este Tribunal señaló que, durante la asamblea de elección, no se realizaron las acciones necesarias a efecto de garantizar la participación efectiva de las mujeres”.

Con la sentencia, los magistrados del TEEO revocaron el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-19/2021, emitido por el Consejo General del IEEPCO, que calificó válida la elección de concejales al municipio de San Miguel Tulancingo.

“Toda vez que esta autoridad administrativa no consideró el principio de progresividad a favor de las mujeres de la comunidad, de donde se advierte una verdadera transgresión a dicho principio”, puntualizaron.

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