GN y policía de Oaxaca debieron evitar masacre de San Mateo del Mar: CNDH; pide reparar daño a víctimas

La CNDH constató violaciones graves a los derechos humanos, a la vida, a la libertad, a la integridad y a la seguridad personal por los hechos de violencia ocurridos en junio de 2020

En junio de 2020, se registró una masacre de 15 personas ikoots en San Mateo del Mar.
En junio de 2020, se registró una masacre de 15 personas ikoots en San Mateo del Mar. Foto: Archivo EL UNIVERSAL
Estatal 05/05/2022 10:41 Roselia Chaca Actualizada 10:41

Juchitán de Zaragoza.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 54VG/2022 a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) del gobierno federal, Rosa Icela Rodríguez Velázquez, y al gobernador del estado de Oaxaca, Alejandro Murat Hinojosa, por las graves violaciones a derechos humanos ocurridas durante las acciones violentas que derivaron en el linchamiento y masacre de 15 personas ikoots en el municipio de San Mateo del Mar, en junio de 2020.

El organismo recibió una queja en la que se denunció que el 21 de junio de 2020, varias personas originarias de San Mateo del Mar, que previamente tomaron las instalaciones de la agencia municipal de Huazantlán del Río, fueron linchadas por habitantes de esa población,  haciendo énfasis en que integrantes de la Guardia Nacional y de la Secretaría de Seguridad Pública de Oaxaca (SSPO), quienes estaban presentes al momento de los hechos, no intervinieron.

Después de una serie de investigaciones, la CDNH  determinó la existencia de situaciones previas que influyeron y detonaron los hechos de violencia, entre ellas conflictos político-electorales entre habitantes de ambas comunidades y el encarcelamiento de cinco mujeres por ejercer su derecho al voto. 

Se constataron violaciones graves a los derechos humanos

En este caso, la CNDH constató violaciones graves a los derechos humanos, a la vida, a la libertad, a la integridad y a la seguridad personal; al principio del interés superior de la niñez, a una vida libre de violencia, a la igualdad y no discriminación en relación con los derechos de reunión, manifestación y participación ciudadana.

“Para este organismo autónomo, la ocurrencia de fenómenos como los linchamientos requiere una actuación inmediata y urgente, dado el alto riesgo para la seguridad y estabilidad sociopolítica y, en este sentido, las autoridades federales debieron convocar a las autoridades en materia de seguridad pública, a fin de atender dicho evento en un tiempo estimado entre 30 y 60 minutos”, señala la CDNDH

En la recomendación, el órgano indica además que “no se acreditó que se diera seguimiento a las solicitudes y acuerdos previos de la Mesa de Coordinación Estatal para efectuar patrullajes en la zona y establecer presencia disuasiva”.

La CNDH resaltó en la recomendación que, a nivel estatal, el entonces secretario general de Gobierno de Oaxaca, Héctor Anuar Mafud Mafud, no realizó un esfuerzo continuo y diligente para exhortar a las comunidades a mantener las condiciones de paz, ya que, si bien había restricciones sanitarias para evitar contagios por Covid-19, pudo convocar a reuniones por medio de videollamada, vía telefónica o de manera presencial (con un número limitado de participantes) e implementar estrategias para reducir la tensión.

Pago justo de compensaciones

Ante lo ocurrido, se solicitó que de manera conjunta, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y al Gobierno de Oaxaca reparen integralmente el daño causado a las víctimas indirectas de los fallecimientos y a las víctimas sobrevivientes, incluyendo el pago de una compensación justa y suficiente; así como el otorgamiento de atención médica integral, psicológica y tanatológica, considerando su edad, necesidades y cultura.

 Particularmente, la SSPC deberá colaborar en el seguimiento de las denuncias que se presenten por las violaciones a los derechos humanos descritas; revisar el Manual de Coordinaciones Territoriales para la Construcción de la Paz, los Lineamientos para el funcionamiento de las mismas, así como el marco normativo institucional aplicable al control de multitudes y uso de la fuerza; además de impartir cursos de capacitación especializados en control de multitudes, técnicas de manejo de estrés y negociación.

Asistencia a víctimas menores de edad

Finalmente, al gobernador de Oaxaca se le solicitó constituir un mecanismo que garantice los estudios de las víctimas indirectas menores de edad, hasta nivel superior, incluyendo la entrega de uniformes y útiles escolares.

“Además de revisar el Protocolo de Actuación Policial para el Control de Multitudes del Estado de Oaxaca y del uso de la fuerza; desarrollar actividades de capacitación en materia de control de multitudes, técnicas de manejo de estrés y negociación; así como realizar campañas de sensibilización en torno a la cultura de la legalidad, respeto a los derechos humanos y de igualdad entre mujeres y hombres, mismas que deberán ser traducidas al idioma que hablan los ikoots  y difundirse en medios de comunicación locales”, ordena la CNDH en la recomendación.

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