Elección extraordinaria de Santa María Xadani no debió anularse: Magistrado

Wilfrido Raymundo López Vásquez, aseguró que carecían de sustento los argumentos de la impugnación presentada por los partidos PRI y Verde Ecologista

Foto: Xinhua
Política 14/10/2017 11:14 Juan Carlos Zavala Oaxaca de Juárez, Oaxaca Actualizada 11:18

El magistrado del Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO), Wilfrido Raymundo López Vásquez, aseguró que la elección extraordinaria de Santa María Xadani no debió anularse porque carecían de sustento los argumentos de la impugnación presentada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista (PVEM), y en los cuales se sustentó el proyecto del magistrado Miguel Ángel Carballido.

Dos de los tres magistrados del TEEO aprobaron decretar la nulidad de los comicios extraordinarios en esta población celebrada el 4 de junio de 2017 y validados por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), bajo dos supuestos: la violencia registrada una semana antes de la elección y la presunta entrega de recursos públicos a partidos políticos del entonces Administrador Municipal.

Ambos argumentos fueron utilizados por la coalición conformada por el PRI y PVEM, y retomados en la resolución de Miguel Ángel Carballido y avalada por Víctor Manuel Jiménez Viloria.

Raymundo López, sin embargo, sostuvo que la violencia que se registró una semana previa a la jornada electoral en que simpatizantes de los partidos Morena y de la Revolución Democrática (PRD) contra funcionarios del Instituto Nacional Electoral (INE) no incidió en la jornada electoral ni en los resultados de las votaciones.

Incluso, afirmó, se registraron 300 votos más de los que se ejercieron en la elección ordinaria de Santa María Xadani. Por tanto, no se cumple la causal que establece que en caso de violencia que impida el desarrollo de las elecciones, esta debe ser anulada.

“La violencia no impactó ni en la elección ni en el resultado. Debe existir un nexo causal: por ejemplo, que la violencia haya ahuyentado la votación, lo cual no sucedió”, sostuvo.

El otro argumento presentado por el PRI y PVEM es que los partidos recibieron dinero del Administrador Municipal, hecho que nunca se comprobó y que únicamente está basado en supuestos o dichos.

Además, afirmó que las actas notariales presentadas por ambos partidos políticos únicamente validan testimonios de ciudadanos, no así, el hecho de que el Notario Público haya presenciado los hechos y por eso, no tienen valor probatorio.

“No hay pruebas contundentes en las que se demuestre el presunto desvío de recursos, únicamente son dichos. La anulación de una elección es una medida extrema en la que estén plenamente comprobadas las causales”, insistió.

El magistrado Raymundo López apuntó que votó en contra del proyecto del magistrado Miguel Ángel Carballido y avalado por Víctor Jiménez Viloria, quienes finalmente anularon la elección en Santa María Xadani.

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