Confirma TEPJF multas y sanciones al Partido Verde en Oaxaca

Los magistrados, sin embargo, revocaron de manera temporal otra sanción impuesta al instituto político por el INE y que ascendía a más de tres millones 618 mil 913.5 pesos

Foto: Mario Arturo Martínez / EL UNIVERSAL
Política 21/12/2017 15:10 Juan Carlos Zavala Oaxaca de Juárez, Oaxaca Actualizada 08:16

Los magistrados de la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron las multas impuestas al Comité Ejecutivo Estatal en Oaxaca del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), que ascendieron a un millón 269 mil 817.29 pesos por irregularidades encontradas en la revisión de los informes anuales de ingresos y gastos correspondientes al ejercicio 2016.

Sin embargo, revocaron otras de las sanciones impuestas a este instituto político por más de tres millones 600 mil pesos.

Las sanciones decretadas por el Instituto Nacional Electoral (INE) en su dictamen consolidado INE/CG524/2017 e INE/CG523/2017, fueron impugnadas por el instituto político bajo el argumento de que la autoridad responsable únicamente se limitó a expresar el monto de las conclusiones que fueron analizadas, sin expresar en cada caso particular las razones y fundamentos jurídicos.

Asimismo, el partido argumentó que no cuenta con financiamiento público estatal para actividades ordinarias, toda vez que perdió el derecho a recibirlo por no alcanzar el porcentaje establecido de la votación válida emitida en el proceso electoral local precedente.

El INE encontró que el PVEM en Oaxaca no reportó los contratos de prestación de servicios, diferencias entre los montos reportados por el instituto que fueron contratados con los proveedores y los montos reales, no comprobó gastos en publicidad, no presentó comprobantes de pagos ni de gastos en viáticos y pasajes, entre muchas otras irregularidades.

Los magistrados de la Sala Xalapa resolvieron que el órgano electoral sí realizó la valoración correspondiente, a fin de determinar la sanción por las infracciones, expresando la gravedad de cada una de ellas, la capacidad económica del infractor, la reincidencia, en su caso, y cualquier otro elemento que pudiera inferirse de la gravedad o levedad del hecho.

Además, pese a que el PVEM afirmaba no tener financiamiento público estatal, se ratificó la sentencia del INE en la que condena al partido a pagar las sanciones con su financiamiento público federal.

De acuerdo con la resolución del TEPJF, se desestimó el agravio relativo a que la autoridad responsable no consideró la condición económica del PVEM en el estado de Oaxaca al imponer las sanciones, porque dicha circunstancia fue contemplada por la autoridad con base en el criterio sostenido por la Sala Superior de este Tribunal Electoral en incluso, pagar parte de sus multas con el financiamiento privado que reciben en el estado.

“En este orden de ideas es idóneo considerar para efecto de la imposición de la sanción la capacidad económica del partido político derivada del financiamiento público federal para actividades ordinarias, el monto a que ascienden las sanciones pecuniarias a que se haya hecho acreedor con motivo de la comisión de infracciones previas a la normativa electoral y los saldos pendientes de pago, consistente en la posibilidad del instituto político de poder hacerse de financiamiento privado a través de los medios legales determinados para tales efectos”.

Los magistrados, no obstante, revocaron una sanción de tres millones 618 mil 913.5 pesos impuesta por el INE al PVEM en Oaxaca omitió reportar en su informe anual operaciones con el proveedor Soluciones Segexa, S. A. de C. V., por un monto total de dos millones 412 mil 609 y, como consecuencia de ello, le impuso una sanción por el equivalente al 150% (ciento cincuenta por ciento) de la cantidad omitida.

Según el TEPJF, el órgano electoral violó las formalidades esenciales del procedimiento de fiscalización, por lo que es “procedente es revocar la resolución impugnada, en lo que fue materia de impugnación, para el efecto de que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, emita otra en pleno ejercicio de sus atribuciones, previa reposición del procedimiento”.

Es decir, el INE tendrá que reponer el procedimiento para confirmar si procede o no la sanción por más de tres millones 600 mil pesos.

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