Oaxaca de Juárez.– Un grupo de activistas simpatizantes de la senadora Susana Harp Iturribarría presentaron el pasado 11 de marzo un amicus curiae en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para que éste le otorgue la candidatura al gobierno de Oaxaca.

En el recurso jurídico presentaron una serie de argumentos teóricos, legales y de responsabilidad internacional en materia de igualdad sustantiva, para que el TEPJF resuelva con perspectiva de género.

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Es "inexplicable ese golpeteo político desde las mismas filas de Morena, a menos que obedezcan a otros intereses", señala Geovany Vásquez

Las activistas promoventes son María Margarita Daltón Palomo, Yésica Sánchez Maya, Josefina Guadalupe Aranda Bezaury, María Leticia Briseño Maas, Ana María Alejandra Hernández Cárdenas, Angélica Ayala Ortiz, Blanca Rosa Castañón Canals y María de Lourdes López Velasco.

El amicus curiae solicita que el tribunal tome en cuenta las recomendaciones de organismos internacionales a México por parte del Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer (CEDAW) y con ello promover la compatibilidad de las cuotas, de forma que las mujeres tengan posibilidades reales de ser elegidas.

También, sostiene que la igualdad sustantiva y las acciones afirmativas se encaminan a garantizar una oportunidad real de participación efectiva y ejercicio de cargos de las mujeres en la vida pública del país, eliminando cualquier impedimento que pudiera existir.

“Cabe destacar que el estado de Oaxaca nunca ha sido gobernado por una mujer desde que fue creado por decreto del Congreso de la Unión el 3 de febrero de 1824”, señalan las defensoras feministas, por lo que solicitan al TEPJF que considere de manera completa, exhaustiva y con perspectiva de género la designación de una candidata mujer y no se les discrimine como de manera histórica se ha realizado en esta entidad federativa”, informaron en un comunicado.

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Las activistas agregaron que Morena jamás ha propuesto a una mujer para la gubernatura en el estado de Oaxaca y que por mandato constitucional los partidos políticos locales deben establecer la paridad y la alternancia en las candidaturas a los cargos de elección popular.

“La paridad es un piso, no un techo para acortar la brecha de desigualdad estructural de las mujeres que las deja en desventaja con relación a los hombres. La decisión de respetar el género para favorecer a un varón es un despropósito jurídico contra el principio de paridad y los derechos políticos de las mujeres”, indicaron.