Órgano electoral comunitario de San Antonio de la Cal no tiene legitimidad, determina tribunal de Oaxaca

El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca ordenó al IEEPCO que asuma la rectoría del proceso electoral para renovar las autoridades municipales en San Antonio de la Cal, municipio regido bajo Sistemas Normativos Indígenas

Órgano electoral comunitario de San Antonio de la Cal no tiene legitimidad, determina tribunal de Oaxaca
Foto: Especial
Política 09/10/2022 15:16 Juan Carlos Zavala Actualizada 15:21

Oaxaca de Juárez.- Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) determinaron que el órgano electoral comunitario de San Antonio de la Cal no cuenta con la legitimidad para organizar la elección en San Antonio de la Cal.

De acuerdo con su sentencia, el agravio relacionado con la falta de legitimación del órgano electoral comunitario, “es sustancialmente fundado y suficiente para revocar y dejar sin efectos todos los actos relacionados con el proceso electoral de autoridades del ayuntamiento”.

“No se ajustaron a lo señalado por la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la resolución incidental de veintinueve de julio de dos mil veintidós en el expediente SX-JDC-103/2020 y acumulado”.

 

 

Ante esta circunstancia, los magistrados ordenaron al Instituto Estatal Electoral y Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) que asuma la rectoría del proceso electoral para renovar las autoridades municipales en San Antonio de la Cal; es decir, que sea quien organice las elecciones en este municipio que se rige por sistemas normativos indígenas.

De igual manera pidió al Consejo General del IEEPCO que emita la convocatoria para la elección municipal de San Antonio de la Cal, tomando como base el dictamen que identifica el sistema normativo de la comunidad.

Por otra parte, los magistrados se declararon incompetentes para resolver acerca del conflicto político en el ayuntamiento de Teotitlán de Flores Magón en contra de ex concejales de esta comunidad.

 

 

Los magistrados argumentaron que las personas denunciadas, los ex concejales, no ostentan cargo de autoridad porque la asamblea del 29 de septiembre de 2021 determinó destituir al entonces presidente municipal, así como aceptar y aprobar las renuncias de los entonces síndico municipal y regidor de Hacienda.

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