La asignación de las diputaciones por representación proporcional fue impugnada por candidatos del Partido del Trabajo (PT), Acción Nacional (PAN), Nueva Alianza (Panal), Morena, Partido Verde Ecologista de México (PVEM); así como por los representantes de los partidos políticos del PAN, PVEM, Panal y del Revolucionario Institucional (PRI).
Entre los argumentos presentados por los candidatos y los partidos, se encontraba la supuesta alteración del procedimiento de asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional, contemplado en el artículo 264 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del propio Estado.
Sin embargo, los magistrados de la Sala Xalapa resolvieron que el artículo 264 de la Ley Electoral local no señala de manera clara si la revisión de las barreras constitucionales y legales debe realizarse al inicio, al final o en cada uno de los pasos que integran la fórmula electoral.
Además, se consideró que no existió una alteración en la aplicación del procedimiento de asignación, porque los Lineamientos de representación proporcional perfeccionaron la fórmula de asignación que corresponde a las diputaciones electas por ese principio.
“Suponiendo sin conceder que le asistiera la razón a la parte actora”, explicó el magistrado Adín de León, “en cuanto a que la verificación del límite legal se tuviera que realizar al final de la distribución de cociente natural y resto mayor, se advierte que dicha aplicación rompe con la esencia de la representación proporcional que salvaguarda el artículo 116 de la Constitución Federal”.
Lo anterior, abundó, porque al realizar ese ejercicio se incumpliría con la finalidad de establecer un régimen diferenciado de mayor flexibilidad a favor de los partidos locales e indígenas que les permita acceder a un cargo de representación política por la vía plurinominal.
Esto debido a que, al aplicar el límite cuestionado, automáticamente se privaría de la única diputación a que puede acceder el Partido Unidad Popular, mismo que se ostenta como indígena.
Con esta sentencia, el PRI se mantiene con cinco diputaciones plurinominales, Morena con cuatro, el PT con tres; mientras que los partidos PAN, PRD, PVEM, PUP y Panal, tendrán un diputado plurinominal en la LXIV Legislatura del Congreso de Oaxaca.