El 30 de julio de 2020 la Sala Superior del TEPJF resolvió que el presidente municipal de Santa Lucía del Camino, Dante Montaño Montero, sí ejerció violencia política en razón de género contra la regidora Nallely Ortiz.
La sentencia, además, fue más allá al ordenar por primera vez al Instituto Nacional Electoral (INE) crear una lista nacional con los nombres de quienes hayan incurrido en violencia política contra las mujeres en sentencias firmes, para tomarla en cuenta en el próximo proceso electoral.
Mientra que el 13 de mayo de 2021, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) revocaron el acuerdo del Consejo General del IEEPCO y ordenaron se pronuncie nuevamente respecto de la candidatura de Dante Montaño Montero, precandidato a la presidencia municipal de Santa Lucía del Camino, Oaxaca, postulado por la candidatura común integrada por el Partido del Trabajo y el Verde Ecologista de México.
Sin embargo, el IEEPCO volvió a ratificar su acuerdo y negó por segunda ocasión el registro al actual presidente municipal de Santa Lucía del Camino, quien ahora recurrió al TEPJF.
Ayer, los magistrados de la Sala Xalapa también ratificaron el acuerdo del órgano electoral local y le negaron la candidatura bajo el argumento de que al encontrarse en el registro de personas sancionadas por haber cometido violencia política en razón de género, perdió la presunción de contar con un modo honesto de vivir.
“De ahí que fuera apegada a Derecho que se le negara el registro”, resolvieron.