De la misma forma sancionó con una amonestación pública a la síndica Municipal de Oaxaca Juárez, Indira Zurita Lara, por incurrir en promoción personalizada, y a Mario Luis Pradillo Sánchez exaspirante de Morena a la candidatura por la presidencia municipal de Santa Lucía del Camino, por actos anticipados de precampaña.
Mientras que el exaspirante a la candidatura a la presidencia municipal de Oaxaca por el partido Morena, Jesús Romero López, y el conductor Jaime Velásquez Escobar, fueron exonerados por los magistrados del TEEO de realizar actos anticipados de precampaña.
Según los magistrados es inexistente la infracción denunciada consistente en la realización de actos anticipados de precampaña atribuidos a Jesús Romero y Jaime Velásquez “puesto que del análisis del expediente se desprende que no se acredita uno de los tres elementos necesarios para tal efecto”.
“No quedó acreditado”, argumentaron los magistrados, “que los actos denunciados tuvieran como objeto o finalidad hacer un llamado expreso al voto a favor del ciudadano denunciado, a favor o en contra del algún aspirante, precandidato, candidato o de algún instituto político, o se solicitara apoyo para participar en el proceso electoral; o que inequívocamente hubiere generado un llamamiento al voto, ni alguna otra expresión equivalente”.
De la misma forma declaró inexistentes los actos anticipados de precampaña atribuidos al exaspirante a la candidatura por la presidencia municipal de Santa Cruz Xoxocotlán por Morena, Edy Caballero López, pese a los espectaculares contratados en diferentes zonas de este ayuntamiento.
“De las constancias existentes, no se acreditaron los elementos personal y subjetivo de este tipo de conductas”, resolvieron.
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La Secretaria Ejecutiva del Sistema Municipal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (SIMUPIDNNA) también fue denunciada por supuestos actos anticipados de campaña, pero según los magistrados del TEEO tampoco hay elementos para sancionarla.
En el misma sesión pública de resolución, el TEEO ordenó a la Comisión Nacional de Elecciones de Morena que en un plazo de cinco días haga del conocimiento los criterios tomados en cuenta para efectuar la valoración política mediante la cual se definió la candidatura a la presidencia municipal de San Pedro Pochutla.
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