Oaxaca de Juárez.– Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca amonestaron al presidente municipal de la Villa de Zaachila, Carlos Rigoberto Chacón Pérez, y al partido Morena, por el uso indebido de menores de edad en su propaganda como candidato a presidente municipal en el proceso electoral 2020-2021.

Tanto el actual edil como el partido político, sentenciaron los magistrados, no acreditaron haber cumplido con los requisitos para la inclusión de la imagen de menores de edad en su propaganda, es decir, el consentimiento por escrito de quien ejerce la patria potestad y la opinión informada de la niña, niño o adolescente.

Los magistrados explicaron que como candidato, en la red social Facebook se publicó un video que promueve a Chacón Pérez, “el cual cumple con las características propias de propaganda electoral, pues aparece el nombre e imagen del denunciado, el partido político por el que contendió y la solicitud expresa que votaran por él como una opción política”.

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Del análisis hecho a este promocional, indicaron, se determinó que en el video se aprecian dos momentos, en los cuales se exponen las imágenes de un niño y una niña, sin que se hubiere difuminado su imagen o se hubieran tomado las medidas para hacer irreconocible su identidad, como lo ha expuesto la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En su defensa, el presidente municipal Chacón Pérez argumentó que no reconocía el perfil que se le atribuía y que tampoco contaba con un perfil en Facebook.

También aseguró que no realizó por ningún medio propaganda política a través de niños, niñas o adolescentes; por su parte, Morena expuso que la denunciante debió demostrar que la página donde se publicó la propaganda referida pertenecía indubitablemente a Carlos Rigoberto Chacón Pérez.

Los magistrados señalaron que tanto Chacón Pérez como el partido Morena tampoco hicieron el deslinde correspondiente una vez que tuvieron conocimiento del video.

“Ya que estos tienen un deber de cuidado respecto de las conductas que realizan terceras personas, máxime que, como se dijo, tuvieron oportunidad de realizar todas las acciones tendentes a producir un deslinde efectivo de la propaganda, lo que en el caso no se realizó”.

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Sin embargo, los magistrados del TEEO calificaron como “leve” la falta atribuida a Carlos Rigoberto Chacón Pérez y como “levísima” al partido político Morena, por el uso indebido de menores de edad en su campaña política por la presidencia municipal de la Villa de Zaachila.