¿Qué significa la declaración de Emergencia Sanitaria por Covid-19 en México?

La declaratoria de Emergencia Sanitaria que estará vigente hasta el 30 de abril contempla nuevas medidas para atender la emergencia por coronavirus

¿Qué significa la declaración de Emergencia Sanitaria por Covid-19 en México?
Foto: Edwin Hernández
Sociedad 31/03/2020 15:05 Alejandro Rangel Oaxaca Actualizada 15:05

La noche de ayer, en el informe diario sobre coronavirus, el titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), Marcelo Ebrard, mencionó que el Consejo de Salubridad General determinó este lunes declarar Emergencia Sanitaria en México por causa de la pandemia de coronavirus.

¿Qué significa esta medida?

Actualmente el país se encuentra en una curva epidemiológica en “fase de ascenso rápido”. En Oaxaca, hasta el momento se mantienen 14 casos positivos y se confirmó la primera muerte por Covid-19 en la entidad. En México, este virus ha causado la muerte de 28 personas y mil 94 casos confirmados más.

A partir de esta declaratoria de Emergencia Sanitaria, cuya vigencia inicia desde su publicación en el Diario Oficial de la Federación y hasta el 30 de abril, la Secretaría de Salud determinará todas las acciones que necesarias para atender la emergencia por coronavirus y solicitará a todas las dependencias el apoyo para desarrollar la misma. 

En este caso, para contener la enfermedad causada por el Covid-19, las autoridades mexicanas han recomendado que los habitantes del país, incluida la procedente del extranjero, y que no participen en actividades laborales esenciales, a que permanezcan en sus casas.

De acuerdo con el canciller, el Consejo de Salubridad emitió esta declaratoria por causa de fuerza mayor con el afán proteger la salud de los mexicanos, dado que el Covid-19 fue determinado previamente como una situación grave de atención prioritaria. 

Sin embargo, Marcelo Ebrardo advirtió que después de hacer la declaratoria no existe “nada que se acerque a un toque de queda. La Guardia Nacional seguirá haciendo su trabajo como resguardar instalaciones estratégicas, vías de comunicación y proteger a la sociedad.”

¿Qué medidas tomarán las dependencias federales?

Instituto Nacional de Migración. Deberá tomar previsiones sanitarias necesarias en puertos, aeropuertos y puntos terrestres del país para cumplir con lo dispuesto en la declaratoria de emergencia.

Hacienda, Economía, Trabajo, IMSS, ISSSTE e Infonavit. Deberán operar en las medidas necesarias a fin de proteger a empresas y trabajadores durante la vigencia de la declaratoria, estableciendo comunicación permanente con sus representaciones.

Hacienda, Economía y Agricultura. Tendrán que coordinarse para reunirse con sectores productivos que participan en producción y distribución de la canasta básica para garantizar el abasto de toda la población.

Bienestar, Trabajo y Previsión Social. Deberán trabajar en la aplicación de decisiones de apoyo social acordadas por el Presidente.

Seguridad y Protección Ciudadana, Defensa Nacional, Marina y Guardia Nacional. Deberán garantizar la seguridad de la ciudadanía, protección y resguardo de instalaciones, estratégicas y redes públicas de la población velando siempre por derechos humanos.

Hacienda, Economía, Salud, Función Pública, IMSS, Insabi e ISSSTE. Resolver las necesidades de recursos humanos, equipo, dispositivos médicos y medicamentos necesarias para atención médica oportuna ante pandemia.

Educación Pública y Conacyt. Unirse para coordinar aportación inmediata en las tareas de análisis e investigación que contribuyen a hacer frente a la pandemia.

Comunicaciones y Transportes. Trabajar en la aplicación de dispositivos en lo que respecta a vuelos, entradas y salidas de aeropuertos en coordinación con la Marina.

Función Pública. Acompañará procesos de adquisición necesarios para atender la emergencia temporal

Relaciones Exteriores. Hará lo necesario para la protección de los mexicanos en el exterior y apoyará al sector salud para facilitar el abasto y suministros de insumos médicos para hacer frente el Covid-19.

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