La Secretaría Ejecutiva del INE y la presidenta del órgano electoral local interpusieron un juicio ante la Sala Superior del TEPJF contra la determinación de la Contraloría Interna y contra la misma suspensión decretada por el INE, bajo el argumento de que la Contraloría Interna no tiene competencia para determinar este tipo de sanciones.
Por unanimidad y a propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, finalmente se revocó el acuerdo de suspensión de la consejera presidenta, así como el acuerdo por el que se designó a una presidencia provisional.
Lo anterior, según la sentencia, porque conforme a la normatividad aplicable únicamente el Consejo General del INE puede nombrar y remover a las consejerías de los órganos públicos electorales locales. De ahí que determinar su suspensión en el ejercicio del cargo de manera indefinida era un equivalente a separarla de éste en pleno desarrollo del proceso electoral local.
Por último, se dejaron a salvo los derechos de la consejera presidenta para que ejerza las acciones que considere pertinentes en relación con los posibles actos de violencia política de género cometidos en su perjuicio.
Más información

Sociedad
Asesinan a Reina García, maestra ayuujk de Tlahuitoltepec, Oaxaca

Sociedad
Se cumplen 5 años de la desaparición forzada de Claudia Uruchurtu en Oaxaca; la activista continúa sin ser localizada

Sociedad
Organizaciones logran que el IMSS garantice servicios de aborto; "hay que verlo como derecho”: Mano Vuelta

Sociedad
Tras VIDEO donde sufre violencia, empresaria mixe exige la intervención de autoridades para recuperar su taquería

























