La convocatoria también indica que la búsqueda de la paridad en este tribunal “constituye un nuevo paradigma constitucional en la integración de los órganos del Estado que tiene por misión garantizar un valor superior constitucional: el derecho a la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres en el ejercicio del poder público”.
“Esta medida está revestida de legalidad y constitucionalidad. Es importante que se haga de conocimiento general que siempre será válido un acto que privilegie a las personas del género femenino cuando se derive de una situación de desigualdad entre el hombre y la mujer, siempre que sea razonable, proporcional y objetiva”.
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