Oaxaca de Juárez.- Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) dejaron sin efecto la resolución en la que se validó que se terminará de manera anticipada el mandato de los regidores del ayuntamiento de San Mateo del Mar, acordada por la comunidad en asambleas generales.

En su sentencia, revocaron el acuerdo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), mediante el cual calificó como jurídicamente válida la decisión de la comunidad de terminar de manera anticipada el mandato de las y los concejales del ayuntamiento de San Mateo del Mar.

De acuerdo con el TEEO, los consejeros del IEEPCO vulneraron la garantía de derecho de audiencia de las autoridades depuestas, ya que no se les citó de manera personal, haciéndoles de su conocimiento la convocatoria para la celebración de las Asambleas Generales Comunitarias, celebradas el 18 de abril de 2021.

 

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El TEPJF resolvió que los consejeros electorales incumplieron con la sentencia en la que se les ordenó realizar el proceso electoral extraordinario en estos municipios para la elección de los concejales de los respectivos ayuntamientos

 

“El pleno determinó que esta situación afecta al principio de certeza, pues escuchar a las personas sujetas al proceso de terminación de mandato, ayuda a generar certeza sobre la voluntad de la comunidad, así como de que la decisión que se tome tiene el más amplio consenso comunitario”.

En consecuencia, agregó, anuló en su totalidad las actas de Asambleas Generales Comunitarias, en las cuales se decidió la terminación anticipada de mandato de las y los concejales del Ayuntamiento del Municipio de San Mateo del Mar, y la elección de las y los nuevos concejales propietarios y suplentes.

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Según la denuncia de Sonia Luis Gallegos, el funcionario incitó a los policías municipales a tomar el edificio de la Casa de la Cultura que ocupa el Ayuntamiento
 

Acreditan violencia política en razón de género

 

Los magistrados de TEEO también resolvieron en la misma sesión que se acreditó la violencia política en razón de género cometida por una integrante del Comité Directivo Nacional y Estatal del partido Fuerza por México en contra de Yvette Sonia Castellanos Ruíz, secretaria estatal de organización de ese instituto político en Oaxaca.

“En autos, refiere la resolución del Procedimiento Especial Sancionador con clave PES/86/2021, quedó acreditada la omisión de la denunciada de otorgar el nombramiento a la denunciante, además de haberle impedido el acceso a las instalaciones de ese partido que, aunque aseguraron que debido a la pandemia se establecieron roles para el ingreso; se corroboró que la actora no fue considerada en esta rotación”.

Asimismo confirmó que Castellanos Ruíz fue objeto de expresiones basadas en estereotipos de género, y tampoco recibió la remuneración correspondiente al cargo partidista que desempeñaba.

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De acuerdo con la información del TEEO, 24 juicios estuvieron relacionados con el proceso electoral; es decir, se refieren a posibles víctimas como precandidatas o candidatas

 

Sin embargo, los magistrados únicamente aprobaron sancionar a la denunciada con una amonestación pública y además, ordenaron su inscripción en el registro de personas sancionadas por violencia política por razón de género por la temporalidad de cuatro años.

“Esta resolución requiere a las autoridades correspondientes den cumplimiento con las medidas de reparación integral dictadas a favor de Yvette Sonia Castellanos Ruíz, entre ellas, el pago de la remuneración correspondiente”.

 

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 “You're the first, the last, my everything” de Barry White sonó en el Centro Cultural de Santo Domingo, en la ciudad de Oaxaca para el baile nupcial de la ex lideresa del SNTE y su abogado