Tribunal de Oaxaca anula elección extraordinaria en Santa María Xadani

Una de las causales para revocar los comicios fue la violencia que se presentó previo a la jornada electoral

Foto: Archivo / EL UNIVERSAL
Política 13/10/2017 15:24 Juan Carlos Zavala Oaxaca de Juárez, Oaxaca Actualizada 15:24

Por mayoría de votos, el Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO) anuló la elección extraordinaria de Santa María Xadani, municipio de la región del Istmo de Tehuantepec, celebrada el pasado cuatro de junio de 2017.

El proyecto presentado por el magistrado presidente del TEEO, Miguel Ángel Carballido, argumentó como una de las causales para revocar los comicios fue la violencia que se presentó previo a la jornada electoral.

Días previos a la elección extraordinaria, el 27 de mayo de 2017, simpatizantes de los partidos Morena y la Revolución Democrática (PRD) agredieron a funcionarios del Instituto Nacional Electoral (INE) y amagaron con lincharlos hasta obligarlos a firmar un documento en el que se comprometían a no regresar al municipio.

Durante los hechos violentos, fue detenido el candidato a presidente municipal del PRD, Maximino Jiménez, y los funcionarios estuvieron retenidos en las oficinas de la candidata de Morena, Zeyla Jiménez Matus.

La elección extraordinaria fue validada por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) al argumentar que la violencia registrada días antes de los comicios, no incidieron en la elección ni en sus resultados, donde resultó ganador el candidato del Partido Renovación Social (PRS).

Sin embargo, para dos de los magistrados del TEEO, Miguel Ángel Carballido y Víctor Manuel Jiménez Liboria, la violencia si incidió en la elección y por tanto avalaron, la impugnación presentada por la coalición conformada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM).

Los magistrados también argumentaron que el PRS “cometió violaciones graves en el proceso de fiscalización, las cuales fueron relacionadas a la falta de comprobación de gastos de campaña, falta de apertura de cuentas bancarias y el impedir al Instituto Nacional Electoral cumplir con su tarea de fiscalizar los gastos de campaña”, las cuales son causas suficientes para invalidar dicha elección, “ya que con estas conductas se violaron los principios constitucionales que rigen los procesos electorales”.

Según el proyecto de Miguel Ángel Carballido, el entonces Administrador Municipal de Santa María Xadani, suministró recursos públicos a diversos partidos, lo que constituyó una “falta grave que se traduce en una franca violación a los principios de equidad, certeza y legalidad”.

Con el proyecto de resolución avalado por dos de los tres magistrados del TEEO, se declaró inválida la elección extraordinaria, revocó la constancia de mayoría expedida al PRS y ordenó al IEEPCO emitir una nueva convocatoria para celebrar otra elección extraordinaria en este municipio de la región del Istmo y en caso de no haber condiciones, se nombre al concejo municipal de dicha localidad.

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