Según la denuncia que interpuso ante la CNDH, sólo en áreas comunes debe vestir con el uniforme de varón.
Asimismo, le retiran aretes y otros accesorios femeninos que confecciona personalmente; tiene que elaborar sus propias prendas, ya que no hay proveeduría de ropa femenina, y el personal penitenciario no la llama por su nombre de mujer, sino por su identidad anterior.
La recomendación de la CNDH estuvo dirigida al comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS) de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), José Ángel Ávila Pérez, por violaciones a los derechos humanos a la igualdad y no discriminación, al libre desarrollo de la personalidad con relación a la vida privada, así como al de identidad de género, personalidad jurídica y libertad de expresión.
El organismo aseguró que se violentó el libre desarrollo de la personalidad como derecho protegido dentro del ámbito de la vida privada, que deriva en derecho a la identidad de género, así como en el reconocimiento de la personalidad jurídica de las personas LGBTTTIQ+, “ya que no se les ha permitido vivir de acuerdo con el género con el que se identifican, lo que vulnera su derecho a la igualdad y no discriminación”.
Además, afirmó que las omisiones cometidas por la autoridad penitenciaria implican la trasgresión al derecho del libre desarrollo de la personalidad, identidad de género y reconocimiento de la personalidad jurídica y se trastoca, asimismo, el derecho a la libertad de expresarse conforme al género con el que se identifican.
También ordenó que se dé atención psicológica, psiquiátrica y medicamentos a la víctima por la afectación a la salud mental que se les ha ocasionado al no permitirle vivir como mujer transgénero en los respectivos centros de reclusión en los que se encuentran.
Y que el personal penitenciario se refiera a las mujeres transgénero con el nombre con el que se identifican, además de que se deberá capacitar al personal de los Ceferesos sobre los procedimientos que deben realizar a fin de evitar vulnerar los derechos humanos de las personas privadas de la libertad y conozcan las sanciones a que se pueden hacer acreedores, entre otras.
En la recomendación también se incluye un caso similar en el Cefereso de Ocampo, Guanajuato, quien relató similares actos discriminatorios en su contra, ya que al ser cambiada de un penal estatal al Cefereso, la amenazaron con raparla, le quitaron sus prendas femeninas y la obligaron a utilizar el uniforme asignado a varones, además de que fue recluida en un pabellón con población masculina, no le proporcionan ropa interior femenina, y se niegan a llamarla por su nuevo nombre.