Tribunal de Oaxaca ordena al IEEPCO garantizar participación de adultas mayores en elección de Mitla

De acuerdo con la sentencia, la ciudadana Dolores López Reyes presentó una denuncia contra el órgano electoral por no responder a su solicitud de medidas efectivas

Tribunal de Oaxaca ordena al IEEPCO garantizar participación de adultas mayores en elección de Mitla
Foto: Ayuntamiento de Mitla
Política 07/02/2022 19:21 Juan Carlos Zavala Actualizada 19:21

Oaxaca de Juárez.—Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca ordenaron al Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPCO) a dar respuesta a la petición de una ciudadana en la que exige que se garantice la participación de las mujeres y en específico de las mujeres adultas mayores, en las elecciones extraordinarias de San Pablo Villa de Mitla.

De acuerdo con la sentencia, la ciudadana Dolores López Reyes presentó una denuncia contra el órgano electoral por no responder a su solicitud de medidas efectivas.

El 4 de enero de 2022, Dolores López presentó un escrito dirigido a la Comisión y al Consejo General del IEEPCO en el que solicitó que, en las bases de la convocatoria de la elección extraordinaria de Mitla, se emitieran lineamientos en materia de paridad de género.

Lo anterior, para garantizar la equidad y alternancia de género en las postulaciones y asimismo, se estableciera una cuota específica, consistente en que la primera posición de concejalías le corresponda a una mujer, cuando la candidatura en la pasada elección ordinaria hubiera sido un hombre.

Además, porque lineamientos no garantizan el principio de alternancia de género en la postulación de las candidaturas de la elección extraordinaria del Ayuntamiento, y que existe una omisión de dictar medidas efectivas en favor de mujeres adultas mayores que las ubique en una posición real de acceso al poder público.

En su respuesta del 17 de enero de 2022, el Encargado de Despacho de la Dirección dio contestación al escrito de Dolores López en el que argumenta que los lineamientos emitidos por el Consejo General del IEEPCO se establecieron acciones afirmativas en favor de las mujeres, tratándose de elecciones extraordinarias.

Sin embargo, los magistrados del Tribunal Electoral esa Dirección del IEEPCO carece de competencia para dar respuesta a la consulta formulada por la denunciante ya que, al referirse a la implementación de acciones afirmativas, actualiza la competencia exclusiva del Consejo General del organismo electoral.

“Dolores López Reyes está legitimada por tratarse de una mujer, ciudadana del municipio de San Pablo Villa de Mitla, Oaxaca, quien promueve la presente demanda de forma individual, en contra de la respuesta que le fue otorgada por parte del Instituto Local… de dictar medidas efectivas que garanticen la participación de las mujeres, y en específico, de las mujeres adultas mayores, en el proceso electoral extraordinario del ayuntamiento de San Pablo Villa de Mitla”, resolvió.

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