Aprueban en Oaxaca delito de “cohabitación forzada”, para combatir matrimonio infantil
La 65 Legislatura del Congreso local aprobó incluir este nuevo delito en el Código Penal del Estado; quien lo cometa puede ser castigado hasta con 15 años de prisión
Oaxaca de Juárez.— La 65 Legislatura del Congreso de Oaxaca aprobó incluir en el Código Penal del Estado el delito de “cohabitación forzada” con el fin de combatir el matrimonio infantil, así como armonizar la legislación local con el Código Penal Federal.
De acuerdo con el dictamen, comete el delito de cohabitación forzada de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que “no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias de estas personas a unirse informal o consuetudinariamente, con o sin su consentimiento, con alguien de su misma condición o con persona mayor de dieciocho años de edad, con el fin de convivir en forma constante y equiparable a la de un matrimonio o concubinato”.
También establece que al responsable de este delito se le impondrá pena de ocho a 15 años de prisión y multa de mil a mil quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Esta pena se aumentará hasta en una mitad, en su mínimo y en su máximo, si la víctima perteneciere a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana.
Actualmente, también el Código Familiar de Oaxaca establece como requisito para poder contraer matrimonio se requiere que los contrayentes hayan cumplido dieciocho años de edad, es decir prohíbe el matrimonio de un menor de edad, con esta disposición se protege a las niñas, niños y adolescentes para que logren el libre desarrollo de su personalidad.
El dictamen detalla que en el Código Penal Federal se encuentra tipificado el delito Cohabitación Forzada, como una medida para inhibir que padres o familiares acuerden dar a una menor de edad para contraer matrimonio, concubinato o cualquier otra forma equiparable.
“Estas formas de violencia contra las niñas de Oaxaca es frecuente en nuestra comunidades preponderantemente indígena, en donde escudándose con las normas internas de cada comunidad permiten la unión de menores de edad, debe el Estado establecer dicho tipo penal, atendiendo el interés superior de niñas, niños y adolescentes”, apunta.
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