Ratifica TEPJF acuerdo sobre conformación del Comité Técnico del PREP

Revocaron la sentencia emitida por el Tribunal Estatal Electoral del Estado de Oaxaca, que le ordenaba al IEEPCO emitir una convocatoria abierta a la ciudadanía

Foto: Edwin Hernández / EL UNIVERSAL
Política 08/03/2018 20:47 Juan Carlos Zavala Oaxaca de Juárez, Oaxaca Actualizada 20:47

Los magistrados de la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificaron hoy el acuerdo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) sobre la conformación del Comité Técnico Asesor del Programa de Resultados Electorales Preliminares (Cotaprep).

Con esta resolución, revocaron la sentencia emitida por el Tribunal Estatal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) que invalidaba el acuerdo del IEEPCO y le ordenaba emitir una convocatoria abierta a la ciudadanía para la integración del Cotraprep.

Sin embargo, la decisión del TEEO fue impugnada por Jazmín Aquino Cruz y el Partido del Trabajo (PT), quienes argumentaron que la invalidación del acuerdo del IEEPCO era contrario a lo que establece el artículo 340 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral (INE), puesto que no señala como requisito que la integración tenga que realizarse a través de dicha convocatoria.
 

Esto, porque Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que el método para la integración del comité sería a través de invitaciones, “en el entendido de que las personas designadas debían cumplir con ciertos requisitos, como lo es: tener experiencia en estadística; tecnologías de la información y comunicaciones; investigación de operaciones y ciencia política”.

En cuanto al impugnación realizada por el PT a la omisión del TEEO de pronunciarse respecto al impedimento decretado por el IEEPCO para que Jazmín Aquino Cruz pudiera ser designada como integrante del Cotraprep, por no cumplir supuestamente con los requisitos establecidos, los magistrados federales determinaron que si bien la autoridad responsable fue omisa, ello derivó del efecto de la resolución que emitió.

“Ante tal situación, el Pleno de la Sala ordenó al Tribunal local emitir una nueva resolución en la que, únicamente, se aboque al estudio del impedimento de la ciudadana para integrar el comité y determine lo que en derecho proceda”.

 

 

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