Por decreto, condonan en Oaxaca 100% de impuesto al hospedaje y 50% al pago sobre nómina por pandemia

El gobernador de Oaxaca, Alejandro Murat ha tomado las medidas urgentes y necesarias “para la conservación de la salubridad pública (...) a consecuencia de la propagación del coronavirus

Por decreto, condonan en Oaxaca 100% de impuesto al hospedaje
Foto: Gobierno de Oaxaca
Estatal 26/03/2020 11:01 Fernando Miranda Oaxaca de Juárez Actualizada 11:01

Este miércoles se publicó el decreto que contiene las medidas urgentes y necesarias “para la conservación de la salubridad pública (...) a consecuencia de la propagación del coronavirus que ha tomado el gobernador Alejandro Murat.

Este decreto establece que el Gobierno de Oaxaca puede ordenar, por causas de epidemia, la clausura temporal de los locales o centros de reunión de cualquier índole, cuando lo estime necesario por considerar que se pone en riesgo la salud o la vida de las personas.

En el documento se manifiesta que los patrones que cuenten con trabajadores adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con enfermedades crónico degenerativas, deberán darles las facilidades para su aislamiento, conservando la relación laboral.

Lee: Decreta Murat cierre de bares y centros nocturnos por pandemia

Además queda establecido que personas físicas, morales o unidades económicas sujetas al pago del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal (impuesto sobre la nómina), que hayan disminuido sus ingresos en un 50% o más en el segundo bimestre del ejercicio fiscal 2020, obtendrán un estímulo fiscal del 50% y del 100% en recargos y actualizaciones.

Esta medida podría extenderse a bimestres posteriores, en función de cómo evolucione la contingencia. 

El decreto también establece que las personas físicas, morales o unidades económicas sujetas al pago del Impuesto sobre la Prestación de Servicios de Hospedaje tendrán un estímulo fiscal del 100%.

Para ser beneficiario del estímulo, los contribuyentes deberán presentar su declaración del segundo bimestre del ejercicio fiscal actual en tiempo y forma, de conformidad con lo establecido en el artículo 57. Esta medida también estará sujeta a la ampliación en los posteriores bimestres, conforme se presente la evolución de la contingencia sanitaria.

Además, en este decreto el gobierno estatal contempla a las Cámaras de Comercio del Estado, órganos que deberán garantizar el abasto de alimentos y los insumos básicos de consumo para la población.

“Mientras que las autoridades estatales y municipales deberán prorrogar los plazos establecidos a las personas para el cumplimiento de sus trámites, derivado de las disposiciones que en materia de salud se dicten por motivo del Covid-19”.

Además, también quedó plasmado en el decreto que los establecimientos privados que brinden atención y servicios a las personas, deberán adoptar las medidas siguientes:

  • Instalar dispensadores de gel antibacterial con alcohol al 70%.
  • Que el personal que atienda el establecimiento cuente con cubrebocas, guantes de látex y con buen estado de salud.
  • Se deberá limpiar cada 30 minutos superficies, mostradores, mobiliarios, espacios de alojamiento para usuarios, superficies automatizadas como elevadores, cajeros automáticos con desinfectantes o lejía.
  • Ventilar las áreas que sean utilizadas con mayor frecuencia.
  • Evitar, en la medida de lo posible, el contacto físico entre trabajadores y usuarios del establecimiento.
  • Evitar aglomeraciones y mantener una distancia mínima de un metro y medio entre personas.
  • Evitar las actividades que por su naturaleza generen contacto entre las personas.

Mientras que sobre las oficinas gubernamentales, estatales y municipales, el decreto indica que se debe evitar en la medida de lo posible el contacto físico entre solicitantes y servidores cuando realicen un servicio o trámite.

En cuanto al servicio de transporte público, el gobierno estatal estipula que “la Secretaría de Movilidad junto con los concesionarios acordaron realizar las acciones necesarias para garantizar el saneamiento permanente de sus unidades, así como reducir el número de pasajeros por lo menos al 50% de su capacidad para dar cumplimiento a la Jornada Nacional de Sana Distancia”.

Lee: Restringen venta de alcohol en restaurantes de la capital por coronavirus; bares y cantinas cerrarán temporalmente

Quienes incumplan esta disposición serán sancionados por las autoridades en los términos de las normas aplicables.

En el decreto también se incluyen la restricción para acudir a espacios públicos o privados, como bares, gimnasios, museos, cines, centros nocturnos, teatros, centros deportivos, auditorios, salvo que se respeten las medidas emitidas por las autoridades en materia de salud.

“Esta ordenanza obliga también a las autoridades estatales, municipales y la sociedad, para que atiendan todas y cada una de las acciones que se determinen en el Plan DN-III-E y en el Plan Marina. Así como colaborar en las labores que se implementen para proteger la salud y la vida de todas y todos”, se especifica.

El gobierno estatal aseguró que este decreto emitido por el Jefe del Poder Ejecutivo del Estado “tiene la finalidad de evitar en lo posible la propagación del coronavirus, así como mitigar el impacto económico que las acciones para combatir la pandemia traigan consigo”.

Comentarios