España rechaza extraditar a prestanombres de Duarte

México no argumentó bien las acusaciones por delincuencia organizada y lavado; fiscalía presenta como única prueba contra Nava Soria una orden de aprehensión

El presunto prestanombres del ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte, era poco conocido en esa entidad. Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL
Nación 26/01/2018 07:23 Jerónimo Andreu / Corresponsal Madrid Actualizada 07:23

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México no argumentó correctamente las acusaciones por los “delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita” contra Javier Nava —presunto prestanombres del ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa—, por lo que España confirmó la negativa a su extradición.

El problema fue que la PGR presentó como única prueba de la implicación de Nava Soria, una orden de aprehensión de octubre de 2016 girada contra nueve personas, en la que no se especificaba el papel concreto del indiciado en la trama de corrupción del ex gobernador de Veracruz.

Sin embargo, los acuerdos bilaterales con España exigen que para la extradición es necesario argumentar que el detenido es el autor inequívoco de los delitos.

El pleno de la Sala Penal de la Audiencia Nacional, integrado por 16 jueces, se reunió el 18 de enero (aunque la decisión se dio a conocer ayer) y rechazó los recursos interpuestos por la fiscalía española y por la Procuraduría General de la República (PGR).

Por lo tanto, quedó confirmada la denegación de extradición decidida el 21 de septiembre de 2017. En esa ocasión, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal consideró que la documentación aportada por la PGR no cumplía con el Tratado Bilateral de Extradición entre México y España, puesto que no se citaba “hecho alguno cuya comisión se atribuya personal y directamente” a Nava Soria, sino que se hablaba genéricamente de delitos de la causa de Duarte.

Estos errores no son comunes, y en extradiciones recientes los representantes de la PGR han cumplido todos los requisitos de las autoridades españolas.

Las autoridades mexicanas y la fiscalía española recurrieron el 27 de septiembre la decisión de la Sección Tercera. Se abrió un plazo de recursos y el 3 de diciembre las acusaciones aportaron una nota verbal (un documento diplomático) que México envió al Ministerio de Justicia español y a la embajada de Madrid pero que, por causas que no han sido determinadas, nunca llegó a estar incluido en el expediente de demanda de extradición.

Sobre la nota verbal, el pleno argumentó que “los hechos que aquella relata no se ajustan a los que se insertan en la repetida orden de aprehensión”, por lo tanto, el pleno considera que “le habría correspondido al Estado requiriente la subsanación de los datos o documentos enviados, es decir, que las autoridades mexicanas deberían haber incorporado los hechos descritos en la nota verbal a la causa de Nava Soria y a su petición de extradición, que dejaron sin modificar”.

Los jueces españoles consideran que, al no hacerlo así, a pesar de que la PGR tuvo tiempo y oportunidades, se incumple el Tratado de Extradición y se le hurtan garantías procesales a Nava Soria.

Los jueces del pleno dejan claro que su decisión no admite recurso, pero abren la puerta a que México pueda volver a solicitar la extradición: “Sin incidirse en esta resolución en otras consideraciones distintas y sin perjuicio de poderse instar nueva reclamación extradicional por la República de los Estados Unidos Mexicanos”.

El auto incluyó un voto particular del magistrado José Ricardo de Prada, quien acusa al pleno de una interpretación “ultraformalista” del Tratado de Extradición. Este juez se muestra favorable a conceder el traslado de Nava Soria porque entiende, contra los otros 15 magistrados, que sí han cumplido con los requisitos extradicionales, puesto que la nota verbal “aporta un pormenorizado relato de los hechos que se refieren específicamente al señor Nava Soria”.

De Prada considera que esta documentación adicional ampliaba de forma adecuada lo planteado por la petición original de extradición, “un relato breve y sintético, pero suficientemente expresivo de los hechos, perfectamente válido a efectos de extradición”.

La PGR reclama a Javier Nava Soria por el uso de empresas pantalla tras las que se encontraba dinero obtenido ilícitamente por Javier Duarte de Ochoa.

Entre 2012 y 2015, el detenido presuntamente participó mediante empresas fantasmas y testaferros en el desvío de recursos públicos destinados a educación y salud para la compra de inmuebles en México y en el extranjero.

El auto del 21 de septiembre dejó sin efecto las medidas cautelares acordadas sobre Javier Nava Soria, por lo que éste permanece en libertad provisional, después de haber estado encarcelado desde el día de su detención, el pasado 19 de abril en Barcelona, España, siguiendo una orden de búsqueda y detención de la Interpol.

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